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Guerra civil estadounidense 1861-1865
El presidente de los Estados Unidos de
América (la parte Norte en la guerra) promulgó, en el año 1863 en Washington, una orden célebre titulada “Instrucciones para el Gobierno de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos en Campaña”. -
Código de Lieber o Instrucciones de Lieber
Entró en vigor el mes de abril de 1863, es importante en la medida en que era el primer
intento de codificación de las leyes y costumbres de la guerra que existían en aquella época -
Declaración sobre la renuncia al empleo
En tiempo de guerra, de proyectiles de un peso inferior a 400 gramos -
Declaración de San Petersburgo
se refiere a la cuestión de los desarrollos futuros en la fabricación de armamentos a fin de mantener los principios que han planteado y de conciliar las necesidades de la guerra con las leyes de la humanidad -
Convenios de la Haya
Convenio II con respecto a las leyes y usos de la guerra terrestre y su anexo
Convenio VIII relativo a la colocacion de minas submarinas
Convenio IX sobre bimbardeo por fuerza naval. -
Convenio de Ginebra
para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña -
CONVENIO DE GINEBRA
Para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar -
CONVENIO DE GINEBRA
Relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra -
DERECHO NEW YORK
Este Derecho abarca tanto las normas que se refieren a mecanismos para compatibilizar el comportamiento de los sujetos con las normas de DIH como a aquellas que limitan ciertos métodos y medios de combate -
Convención de La Haya para la protección de los bienes culturales
La protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado, con un Reglamento anexo y un Protocolo que versa, en forma específica, sobre la cuestión de la exportación de bienes culturales procedentes de un territorio ocupado. -
Derecho Internacional Humanitario
Prohíbe, en cualquier tiempo y lugar, los atentados contra la vida, la integridad y la dignidad de las personas nombradas anteriormente. (Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2004)