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Convención de la Haya II
Las normas contenidas en el Reglamento fueron parcialmente reafirmadas y desarrolladas por los dos Protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra de 1949, adoptados en 1977. -
Declaración de la Haya II relativa a las leyes y costumbres de la guerra terrestre y su anexo
Las Convenciones de La Haya de 1899 y 1907, incorporan normas de derecho internacional consuetudinario. Como tales, también son vinculantes para los Estados que no son formalmente partes en ellas. -
Declaración de la Haya (2) relativa a los gases asfixiantes.
Esta Declaración expresa, en lo que respecta a un instrumento de guerra particular, las normas consuetudinarias que prohíben el uso de veneno y de material que cause sufrimientos innecesarios -
Declaración de la Haya (3) relativa a las balas expansivas
Expresa, en relación con una bala en particular, la regla consuetudinaria que prohíbe el uso de armas que inflijan heridas innecesariamente crueles. -
Convención IV La Haya Reglamento relativo a las leyes y costumbres de la guerra terrestre.
Art. 25. Es prohibido atacar o bombardear, cualquiera que sea el medio
que se emplee, ciudades, aldeas, habitaciones o edificios que no estén
defendidos. -
Convención de la Haya IX, sobre bombardeos por fuerzas navales
Art.1 se prohíbe bombardear, por fuerzas navales, puertos, ciudades,poblaciones, habitaciones o edificios que no estén defendidos. -
Protocolo de Ginebra, sobre gases asfixiantes, y métodos bacteriológicos
El artículo 171 del Tratado de Versalles establece: "Queda prohibido el uso de gases asfixiantes, venenosos o similares y de todos los líquidos, materiales o dispositivos análogos, y su fabricación e importación están estrictamente prohibidas en Alemania". -
La Convención de Ginebra
Los Convenios de Ginebra se aplican en todos los casos
de guerra declarada, o en cualquier otro conflicto armado
entre países. Además, se aplican en aquéllos casos de
ocupación parcial o total de un país por soldados de otro
país, aun cuando no haya resistencia armada a esa
ocupación. -
Convenio de Ginebra II los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar
proporcionan una protección específica para barcos hospitales, embarcaciones costeras de salvamento, aeronaves sanitarias y otros transportes sanitarios en el mar, al igual que personal religioso -
Convenio de Ginebra III sobre los prisioneros de Guerra
La Convención establece el principio de que los prisioneros de guerra deben ser liberados y repatriados sin demora alguna después del cese de hostilidades activas (Artículo 118). -
Convenio de Ginebra IV sobre personas civiles
ARTÍCULO 18
En ninguna circunstancia, podrán ser objeto de ataques los hospitales civiles organizados para prestar
asistencia a los heridos, a los enfermos, a los inválidos y a las parturientas; deberán ser siempre
respetados y protegidos por las Partes en conflicto. -
Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra
El Convenio de Ginebra original, adoptado el 22 de agosto de 1864, estableció el emblema de la cruz roja. Desde el principio, el emblema fue un signo visible del estatuto neutral y de la protección que otorga el derecho internacional humanitario a los servicios médicos de las fuerzas armadas y a los voluntarios pertenecientes a sociedades de socorro para los militares heridos. -
Protocolo adicional ( I ) a los Convenios de Ginebra
El artículo 1(4) establece que los conflictos armados en que los pueblos luchan contra la dominación colonial, la ocupación extranjera o regímenes racistas se considerarán conflictos internacionales. -
La Convención de la Haya
1954 tras la destrucción masiva del patrimonio cultural en la Segunda Guerra Mundial, es el primer
acuerdo internacional centrado exclusivamente en la protección del patrimonio cultural -
Resolución XXIII, la conferencia de DH. Teherán
La Conferencia Internacional de Derechos Humanos fue convocada por las Naciones Unidas con ocasión del Año Internacional de los Derechos Humanos (vigésimo aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos). -
Declaración de San Petersburgo
La Declaración de San Petersburgo es el primer acuerdo formal que prohíbe el uso de ciertas armas en la guerra. Tiene su origen en la invención, en 1863, por las autoridades militares rusas de una bala que explotaba al entrar en contacto con una sustancia dura y cuyo objetivo principal era hacer estallar los vagones de municiones. -
La Declaración de San Petersburgo
El alcance de esta declaración, inicialmente destinada a prohibir el
uso de determinados proyectiles en tiempo de guerra, ha constituido una de las
principales bases sobre las cuales los Estados realizan múltiples intentos
destinados a prohibir o limitar el empleo de ciertas armas que causan
especialmente graves consecuencias humanitarias -
Resolución XXIII La asamblea General de las Naciones Unidas
la resolución sobre la protección de las poblaciones civiles contra los peligros de la guerra indiscriminada, adoptada por la Conferencia Internacional de la Cruz Roja en Viena en 1965. -
Protocolo adicional (II) a los Convenios de Ginebra
Relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional -
Acta Final de la Conferencia Diplomática de Ginebra de 1974-1977.
El Acta Final fue firmada el 10 de junio de 1977 por los representantes de 102 Estados y de 3 Movimientos de Liberación Nacional. Los dos Protocolos quedaron abiertos a la firma el 12 de diciembre de 1977. -
Convención sobre la prohibición de ciertas armas convencionales
Regula el comercio internacional de armas convencionales, desde armas pequeñas hasta carros de combate, aeronaves de combate y buques de guerra. -
Convención sobre los Derechos del Niño
En ella se establecen todos los derechos fundamentales del niño, ya sean civiles, políticos, económicos, sociales o culturales. El artículo 38 prevé la situación de los niños en situaciones de conflicto armado. -
Protocolo, la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados
Los niños están protegidos por los instrumentos generales de derechos humanos. Además, tienen derecho a la protección que les otorga la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), que ha sido ratificada por todos los Estados del mundo, excepto Somalia y los Estados Unidos de América. -
Tratado sobre la Prohibición de las Armas Nucleares
Estas conferencias proporcionaron nueva información sobre los efectos inmediatos y a largo plazo de las armas nucleares y los peligros asociados con su posible uso y su posesión continuada.