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Historia del derecho

  • 1300

    Meso américa

    Meso américa
    este se caracterizó a finales del siglo xv, los grupos que predominaban en Mesoamérica eran tres. Los mexicas, los taracos y los mayas.
  • 1310

    Los mexicas

    Los mexicas
    Sus creencias consistían en establecerse y fundar señoríos y su relación a la visión era cosmogónica en donde ellos creían ser el pueblo elegido, predominaba un sistema religioso basado en sus creencias de una manera filosófica para su aplicación social en donde su figura máxima o principal era una deidad
  • 1315

    los Tarascos

    los Tarascos
    Estos se extendieron en el territorio de guerrero, Michoacán, colima, Jalisco y Nayarit que se nombró como occidente mesoamericano.
    Es una cultura menos compleja o estricta que los mexicas pero ya tenían establecido un sistema burocrático para sus habitantes, al jefe supremo de los tarascos se le llamaba como el “cazonci” quien representaba la máxima autoridad política, religiosa,, militar y judicial
    Resaltando que ya tenían un sistema de cobros tributarios.
  • 1320

    Los mayas

    Los mayas
    Los mayas tienen como característica el estudio de las normas y la sanción impuesta a los habitantes de su territorio, es decir la autoridad y la burocracia en el territorio maya, como en las dos culturas anteriores estas también tenían a un representante político, religioso y jurídico al que llamaban el “ halac uinic
  • 1325

    Aridoamérica

    Aridoamérica
    Su desarrollo es poco y al parecer en ellos se practicaba la guerra contra sus vecinos, los españoles describieron algunas costumbres de deshonestidad, practicaban la poligamia.
    Carecieron de la estructura pero sin embargo entre ellos se practicaba la agricultura u su comportamiento era pacífico y político no era común entre ellos tener riñas, fraudes o robos a pesar que se les considero deshonestos entre ellos mismo existió la solaridad comunista.
  • 1325

    La irrupción española

    La irrupción española
    A finales del siglo xv en la sociedad europea en 1479 se daba inicio a una nuera era social con la muerte de Fernando IV de castilla cediéndole el trono a su hermana Isabel. En ese mismo año muere juan II de Aragón, quedando como heredero a la corona a su hijo Fernando, que era quien ya estaba casado con Isabel la reina de castilla desde 1468.
  • 1330

    La península ibérica a finales del siglo xv

    La península ibérica a finales del siglo xv
    mencionando los triunfos de conquista de ambos reinos en donde aconteció el dominio de moros, en granada y mismo año cuando se realizó el descubrimiento de américa. La corona castellana buscaba obtener la unidad política, administrativa y religiosa .La estructura social y económica que prevalecía en ambas coronas era distintas, en castilla se regulaban bajo la aristocracia política mientras en Aragón existían ambas características pero en esta predominaba una clase burguesa,
  • 1335

    El derecho castellano

    El derecho castellano
    Al parecer ambos reinos tenían un mismo sistema jurídico pero su aplicación era distinta de este régimen jurídico implementando interpretaciones de glosadores que analizaron el derecho romano, digesto y complementándolo con el canónico
    Se implementó una ley primera del título XXVII en lo venidero, se implementares los derechos reales del rey el característico fuero municipal que trajo consigo la frase “contra dios e contra la razón” es decir “contra le ley del rey”
  • 1340

    Conquistadores y nuevos pobladores

    Conquistadores y nuevos pobladores
    La conquista de la india siempre se tuvo planteados para el descubrimiento de nuevas rutas de comercio. Pero el descubrimiento de tierras nuevas hizo que obtuviera un resultado diferente al esperado que fue el marco legislativo que se empezó a emplear al imperio español en américa en el periodo de 1492 – 1550
  • 1360

    La implantación del derecho castellano

    La implantación del derecho castellano
    Fue tanta la tensión entre los reyes de castilla y Portugal por las tierras descubiertas que tuvieron que realizar un convenio para sus empresas futuras llamándolo así “ el tratado de todecillas”
    El 7 de junio de 1494 dejando en claro entre ambos reinados la demarcación de las tierras descubiertas con signo los propios descubrimientos y papeles de este serian prueba suficiente para acreditarlo y esto no sería motivo de discusión.
  • 1370

    El derecho de conquista

    El derecho de conquista
    Los antillanos consideraron que el método era poco efectivo por lo que se convoca a una junta a juristas y teólogos en 1512 en burgos para estudiar y analizar las cuestiones que se estaban originando.
    Este documento fue promulgado a los indígenas en 1513 por Hernán cortes mediante la conquista de México.
  • 1380

    El choque de ordenamientos

    El choque de ordenamientos
    El enfrentamiento de culturas indígenas y españoles fue suceso parecido en el territorio de la nueva España. Las culturas ya establecidas en Mesoamérica perdieron sus características, siendo sometidas por los españoles en patrones de conducta social, jurídica, religiosa y política.
    La conquista parecía estar concluida por España dándole como nombre al territorio “la nueva España”
  • 1390

    El nuevo orden institucional

    El nuevo orden institucional
    La implantación de un nuevo sistema jurídico fue el derecho castellano para regular sus territorios conquistados, sobresalieron los territorios americanos en donde la mayoría era de origen aborigen por la toma de decisiones se encontraba en los españoles produciendo un mestizaje tanto étnico como cultural en el territorio americano considerando que la población en la nueva España 3 cuartas partes eran de origen americano teniendo una cultura distinta a la español.
  • 1400

    El derecho novohispano

    El derecho novohispano
    los trabajos que se realizaban eran muchos, la explotación minera, agrícola y ganadera lo que fue necesario introducir a esclavos negros a la nueva España,
    la nueva España parecía ser la reserva de suministros de ka metrópolis.
    el comercio ultra marino se implemento hasta el ultimo periodo de la colonización siendo vigilada por la metrópolis, vigilando todo aquellos que entraba y salia de los puertos tanto en España y la nueva España.
  • 1410

    El gobierno temporal y el gobierno espiritual

    El gobierno temporal y el gobierno espiritual
    la nueva España se regia por el gobierno español con principios políticos bajo recopilación de indias en donde se especificaba la religión del estado como fue fundado bajo los títulos justos, américa formaba parte de la corona castellana, la nueva España no podía ser separada de la corona, ni susceptible a enajenación.
    los indios eran libres estos debían ser vasallos directo de la corona.
  • 1420

    primera llegada del virrey en 1535

    primera llegada del virrey en 1535
    el virrey era representante del rey en la nueva España, este tomaba la figura del rey, gobernaba cuidando las relaciones con la audiencia y el arzobispo de medico, parecía estar hecho para dos figuras que era el estado y la iglesia, se observaban y cuidaban recíprocamente
    la audiencia adquirió funciones durante el virreinato, al principio solo servia como ente judicial pero también se le encargo el área administrativa, legislar en materia de gobierno a través de los convenios.
  • 1430

    vasallos (1535 - 1821)

    vasallos (1535 - 1821)
    durante el periodo no hubo una igualdad ante la ley y segun alf ross escribió " a cada quien según su rango y condición"
    durante el vasallaje se observaban ciertos puntos a considerar tales como:
    - su lugar de nacimiento
    - el origen
    - su ocupación
    - la religión que profesaban
    - el lugar que ocupaban en el aparto estatal
    - el grupo étnico en que se encontraban es decir la revuelta de orígenes que fueron española, indios, mestizos, negros, mulatos, etc.
  • 1430

    Juzgado general de indios 1539

    Juzgado general de indios 1539
    por carlos I bajo la jurisdiccional del virrey y de la audiencia formalizando así hasta 1579 este soberbio hasta 1820.
    el 4 de diciembre de 1786 se aplico la ordenanza para el establecimiento de instrucción pata los gobernados de la nueva España
  • 1440

    El derecho mexicano

    El derecho mexicano
    para las primeras decadas del siglo XIX ya habían pasados varios virreyes en la nueva España pero al parecer esta llegaría a su fin el 28 de agosto de 1821 con el acta de independencia de México