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denominacion de la universidad de boyaca
El ICFES mediante Oficio No.1283 del 19 de mayo de 1983 firmado por el Jefe de la División de Asesoría Institucional de la Subdirección Jurídica formula algunas observaciones al texto de los Estatutos presentados y sugiere que se adicione al Artículo 1o. con la siguiente frase: "Una vez la institución obtenga su reconocimiento institucional como Universidad se denominará Universidad de Boyacá y podrá establecer dependencias seccionales" .. -
se estudió y aprobó por parte de la Sala General una segunda reforma en los Estatutos
Cuatro años después, entre el 7 de Noviembre de 1.987 y el 30 de Mayo de 1988 se estudió y aprobó por parte de la Sala General una segunda reforma en los Estatutos para "darle mejor funcionalidad al gobierno y administración de la Corporación, modificar el Comité Académico y crear el Consejo Académico asignándole funciones de carácter decisorio, introducir las inhabilidades e incompatibilidades del Revisor Fiscal, crear el cargo de Síndico General"