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Hechos historicos de la Seguridad y Salud en el trabajo

  • FEBRERO 15 DE 1819

    FEBRERO 15 DE 1819
    El libertador Simón Bolívar, en su discurso antes el congreso de angostura el 15 de febrero de 1819 señalo. El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política.
  • LEY 57 DE 1915

    LEY 57 DE 1915
    Conocida como la Ley del General Rafael Uribe Uribe. Consagra las prestaciones económico-asistenciales, la responsabilidad del empleador, las clases de incapacidad, pensión de sobreviviente y la indemnización en caso de limitaciones físicas causadas por el trabajo. Establece la primera definición de accidente de trabajo.
  • LEY 10 DE 1934

    LEY 10 DE 1934
    Donde se reglamentaba la enfermedad profesional, auxilios de cesantías, vacaciones y contratación laboral.
  • CREACION DEL MINISTERIO DE TRABAJO

    CREACION DEL MINISTERIO DE TRABAJO
    LEY 53 DE 1938
    Se otorga el derecho de protección a la mujer embarazada y sus ocho semanas de licencia remunerada.
  • SE CREA EL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES

    SE CREA EL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES
    Con la Ley 90 se crea el Instituto de Seguros Sociales, con el objetivo de prestar servicios de salud y pensiones a los trabajadores colombianos.
  • SE EXPIDE EL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO

    SE EXPIDE EL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
    se establecen múltiples normas relativas a la Salud Ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y seguridad en el trabajo, en su mayoría aplicables hoy en día.
  • SE CREA LA ENTIDAD CONALPRA

    SE CREA LA ENTIDAD CONALPRA
    "Comité Nacional para la Prevención de Accidentes" con el fin de prestar asesoría a las industrias afiliadas teniendo como bandera los siguientes aspectos:
    Prevención de accidentes.
    Prevención de incendios.
    Corrección de riesgos, conservación y mantenimiento.
    Propaganda educativa.
    Servicios médicos e higiene industrial.
  • DECRETO 3170 DE 1964

    DECRETO 3170 DE 1964
    Se aprueba el reglamento del Seguro Social obligatorio para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • REGLAMENTAN RÉGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL SECTOR PUBLICO

    REGLAMENTAN RÉGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL SECTOR PUBLICO
    La protección para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales del sector publico se empezó a manejar a través de la Caja Nacional de Previsión Nacional
  • MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

    MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
    RESOLUCIÓN 2400 DE 1979
    Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo
  • LEY 9 DE 1979

    LEY 9 DE 1979
    Código Sanitario Nacional. Nace el término “salud ocupacional” y se dictan las medidas sanitarias en las empresas. En su titulo III establece las normas para conservar, preservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones.
  • PRIMER PLAN NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL

    PRIMER PLAN NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL
    tuvo como objeto orientar las acciones y programas de las instituciones y entidades públicas y privadas.
    DECRETO 614 DE 1984
    Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de la salud ocupacional en el país.
  • RESOLUCION 2013 DE 1986

    RESOLUCION 2013 DE 1986
    Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo.
  • RESOLUCION 1019 DE 1989

    RESOLUCION 1019 DE 1989
    Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país. Expedido por el Ministerio de Trabajo, Seguridad social y Ministerio de Salud.
  • RESOLUCIÓN 1075 DE 1992

    RESOLUCIÓN 1075 DE 1992
    Por la cual se reglamentan actividades en materia de Salud Ocupacional.
    Artículo 1: Los empleadores públicos y privados, incluirán dentro de las actividades del Subprograma de medicina preventiva, campañas específicas, tendientes a fomentar la prevención y el control de la fármaco dependencia, el alcoholismo y el tabaquismo, dirigidas a sus trabajadores.