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FONDO DE COMERCIO

  • Fondo de Comercio

    según la Ley N° 11.687:
  • PRIMER PASO

    PASO 1: Preparación y Publicación del Aviso
    Día 1-5
    Publicación del Aviso:
    Publicar un aviso durante 5 días consecutivos en el Boletín Oficial y en uno o más diarios o periódicos locales.
    El aviso debe incluir:
    Clase y ubicación del negocio.
    Nombre y domicilio del vendedor y del comprador.
    Nombre y domicilio del rematador y del escribano (si intervienen).
  • SEGUNDO PASO

    Información al Comprador
    Antes del Día 6 Entrega de Nota al Comprador:
    El vendedor debe proporcionar al comprador una nota firmada que contenga:
    Detalle de los créditos adeudados.
    Nombre y domicilio de los acreedores.
    Monto de los créditos adeudados.
    Fechas de vencimiento (si las hay).
  • TERCER PASO

    Período de Oposición de Acreedores
    Día 6-15 Notificación de Oposición:
    Los acreedores tienen 10 días desde la última publicación del aviso para notificar su oposición a la operación de transferencia.
    La notificación debe cursarse al presunto comprador o, si corresponde, al rematador o escribano que intervienen, reclamando la retención del importe de su crédito y el depósito correspondiente en cuenta especial en el banco.
  • CUARTO PASO

    Período de Embargo Judicial
    Día 16-35 Traba de Embargo Judicial:
    Desde la notificación de la oposición, los acreedores tienen 20 días para trabar embargo judicial.
    Si el acreedor no traba el embargo dentro de estos 20 días, el depositante puede retirar las sumas depositadas en la cuenta judicial.
  • QUINTO PASO

    Otorgamiento del Documento de Transferencia
    Después del Día 15 y Cumplimiento de Condiciones Firma del Documento de Transferencia:
    El documento de transferencia solo puede firmarse después de transcurridos 10 días desde la última publicación del aviso.
    No debe haber oposiciones pendientes de resolución, o deben haberse realizado las correspondientes retenciones y depósitos.
  • SEXTO PASO

    Registro del Documento de Transferencia
    Dentro de 10 Días de su Otorgamiento Inscripción en el Registro Público:
    El documento de transferencia debe extenderse por escrito.
    Debe inscribirse en el Registro Público dentro de los 10 días de su otorgamiento para producir efectos frente a terceros.