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El Derecho Comercial se encontraba incluido dentro del Derecho Común.
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El Derecho Comercial como una forma separada del Común surgió de los usos regulares de la práctica del comercio occidental entre los siglos XIV y XV.
Derecho separado y especial para las actividades profesionales de una clase de ciudadanos: Los comerciantes. -
En Francia se dictaron dos ordenanzas de Colbert:
- En 1673: ordenanzas sobre el Comercio Terrestre
- En 1681: ordenanzas sobre el Comercio Marítimo
En cambio en España en 1737, Bilbao también dictó ordenanzas. -
Se regulaban específicamente el comercio terrestre y marítimo
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En esta etapa el contenido del Derecho Comercial pasó de ser predominadamente subjetivo a ser predominadamente objetivo.
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Creación por la asamblea del año 1813 de la matrícula para Comerciantes Nacionales; normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Se creó la Bolsa Mercantil que se instaló en 1822 y funcionó por breve lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros
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Por inspiración de Rivadavia, se dictaron tres decretos importantes: sobre actos de comercio, sobre causas de comercio y sobre alzada de comercio
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Por decreto, Rosas suprimió los concursos de acreedores. Esto fue derogado en 1858
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Se sanciona el Código de Comercio de 1862
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En 1889 se realizaron las principales modificaciones que fueron el valor de los usos y costumbres como fuente de derechos.
Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante.
Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimos, quiebras.
Se ajustaron los contratos de mutuo, deposito y prenda, quitando el material que se consideraba civil. -
Se incorpora un nuevo régimen sobre letras de cambio y págares.
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Incorpora un nuevo regimen de seguros.
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Se incorpora un nuevo régimen sobre sociedades
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Se incorpora un nuevo régimen para la navegación y en la ley 20.266 incorpora un nuevo régimen para martilleros
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Se incorporan con ambas leyes un nuevo régimen de cheques y de concursos y quiebras.
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Se modifica la edad para adquirir mayoría de edad.
De 21 años pasa a ser 18 años. -
Se deroga a través de esta Ley el Código de Comercio de 1862 y entra en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y reforma la Ley de Sociedades.