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1521
EPOCA COLONIAL EN MEXICO
posterior a que Hernán
Cortés conquistó la gran
Tenochtitlán y derroto a
Cuauhtémoc, las leyes aplicables en todo
el territorio de la Nueva España fueron
leyes españolas. Con el paso del tiempo
dichas Leyes fueron sustituidas de
manera parcial por leyes locales como:
La Recopilación de las Leyes de los
Reinos de las Indias
La Recopilación de Autos Acordados
de la Real Audiencia y Sala del Crimen
de la Nueva España -
1539
ETAPA DE COLONIZACION
Las cortes del tolero pusieron a don Carlos I, la organizacion de un registro de cosas, tributos, e imposiciones. -
CONSEJO BDE INDIAS
El consejo de indias impone a los escribanos una obligacion registral, que a la letra indica en los titulos de registro desensos. -
LA INSTRUCCIOON DE LOS SEÑORES FEUDALES.
se dictó en España "La instrucción de los
señores fiscales", que contiene conceptos regístrales y
notariales con términos muy usados hasta la actualidad. -
CEDULA REAL
se publicó una Cedula Real sobre
Anotaciones de Hipotecas, que sirvió de complemento a la
denominada “Instrucción de los señores fiscales de
haciendas aplicables a la Nueva España”, con lo que
se dio un paso adelante en el sistema registral del País. -
LEY ORGANICA DE NOTARIOS
Benito Juarez que expide la ley organica de notarios y actuarios del distrito federal, siendo la ley que sienta las bases dev lo qwue hoy conocemos como oficio del registro publico. -
RESTAURACION DE LA REPUBLICA
Restauracion de la republica donde se aprobo el codigo civil del D.F y territorio de baja california, esto creo la creacion del registro publico de la propiedad. -
VENUSTIANO CARRANZA
Venustiano Carranza se encontraba en el poder y este introdujo reformas al codigo civil en materia registral que por ser una figura importante en la historia de nuestro pais, es importante las aportaciones que realizo. -
REFORMAS AL CODIGO CIVIL
Las reformas al codigo civil, abrogaron todo tipo, titulo relativo al registropublico de la propiedad en virtud de los cu,ales establecio el folio real. -
REGLAMENTO DEL REGISTRO PUBLICO
Se expide el reglamento del registro publico de la propiedad, el 6 de agosto de q1988.