Evolución del Derecho Castellano

  • 492

    Decadencia del Imperio Romano, Nación de los Godos quedaron como dueños únicos de España.

    Decadencia del Imperio Romano, Nación de los Godos quedaron como dueños únicos de España.
    Rey Euricio dio primeras Leyes escritas.
    Fuero juazgo: primer código de leyes godas, llamado también fuero de los jueces. Se tiene como origen de las leyes de España.
  • 714

    Entrada de los árabes a España.

    Entrada de los árabes a España.
    Se arruinó la monarquía goda.
  • 992

    Fuero Viejo de Castilla.

    Fuero Viejo de Castilla.
    Finales del siglo X y principios XI estableció el conde D. Sancho Garcia en Castilla, el Fuero llamado viejo de Castilla. Compuesto por 35 libros, 33 títulos y 229 leyes.
  • 1020

    Fuero de León

    Fuero de León
    En el reino de León dio el rey D. Alonso V, en las cortes generales que tuvo en la ciudad de este nombre, el fuero llamada de León, compuesto de leyes establecidas en aquella asamblea para el gobierno de la misma ciudad y el reino, con inclusión de Galicia y la parte de Portugal conquistada en esa época.
  • 1128

    Cortes de Nájera

    Cortes de Nájera
    D. Alonso VII en las cortes de Nájera de 1128 lo aumentó y enmendó publicando diferentes leyes respectivas al estado de los nobles.
  • 1255

    El Fuero Real

    El Fuero Real
    El rey D. Alonso X, llamado el Sábio, con el objetivo de anular los fueros de población y conquista, y los generales de Castilla y León, y así evitar la confusión y complicación de la gran multitud de Leyes diferentes que habían en cada provincia, ordenó y publicó en el año de 1255 el Fuero Real, conocido también por el Libro de los Consejos de Castilla, Fuero de las Leyes, y el Fuero de la Corte; mandando que que sus leyes fueran generales y únicas en todos sus dominios.
  • 1258

    Las Siete Partidas

    Las Siete Partidas
    Después del Fuero Real de sigue el Código celebrado de las Partidas. El rey D. Alonso el Sábio la emprendió por ordenes de su padre S. Fernando. No se observaron estás leyes hasta el tiempo de D. Alonso XI.
  • 1310

    Leyes del Estilo

    Leyes del Estilo
    El Fuero Real no dejo de tener muchos defectos, por tal motivo fue necesario se que elaboraran las advertencias llamadas Leyes del Estilo integradas por 252 leyes, con autoridad del rey D. Alonso, de su hijo D. Sancho y de D. Fernando el Emplazado.
  • 1348

    Ordenamiento de Alcalá

    Ordenamiento de Alcalá
    Se unieron varios usos y costumbres de Castilla, y diferentes sentencias pronunciadas en los tribunales del reino, las cuales rigieron hasta el reinado de D. Alonso el XI. Se componían de 35 Títulos y 125 Leyes. El rey queriendo que todos sus reinos se gobernaran por las mimas leyes, los ordenamientos debían de regir con preferencia a los códigos antiguos y después de ellas la de los fueros municipales de los pueblos y las de las Partidas.
  • 1351

    Fuero de los Hijos-dalgo.

    Fuero de los Hijos-dalgo.
    El rey D. Pedro en las cortes de Valladolid de 1351, enmendó y arregló el Fuero de Castilla, siendo conocido también como Fuero de los Hijos-dalgo, Fuero de Burgos, y Fuero de las Fazañas, alvedrios y costumbres antiguas de España.
  • 1485

    Ordenanzas Reales de Castilla

    Ordenanzas Reales de Castilla
    Autor Alonso Montalvo por orden de los reyes D. Fernando y Doña Isabel, se dividió en 8 libros y 115 Títulos, nunca se expidió alguna ley que les diera fuerza.
  • 1492

    Capitulaciones de Santa Fe

    Capitulaciones de Santa Fe
    Término jurídicos de las gesta de Cristóbal Colón, conocidos como Capitulaciones de Santa Fe, fueron firmadas por los soberanos el 17 de abril de 1492, compuestas de cinco secciones.
  • 1493

    Bulas Pontificias de Donación

    Bulas Pontificias de Donación
    Obtenidas por Alejandro VI, de origen aragonés, se querían igualar a los castellanos en sus derechos respecto de los portugueses: A) Intercaetera, B) Eximiae, C) Intercaetera segunda, D) Piis Fidelium, E) Dudum Siquidem. Corresponden a un trabajo diplomático ante la Santa Sede para prevenir los intentos del rey Juan II de Portugal de enviar una armada a tierras descubiertas por Colón, se precisó el dominio castellano sobre las tierras que se descubriesen, y la evangelización del Nuevo Mundo.
  • 1567

    Nueva Recopilación

    Nueva Recopilación
    Se dividió en dos tomos comprendido de 9 libros, 314 títulos y 3391 leyes. En las ediciones posteriores a su publicación, realizadas en los años 1581, 1592, 1598, 1640, 1723 y 1745 se le aumentaron leyes establecidas en el tiempo intermedio de una edición a otra.
  • Recopilación de las Indias

    Recopilación de las Indias
    Resultado de las conquistas que hicieron desde el descubrimiento de ambas Américas, fue necesario que para el gobierno de los lugares conquistados bajo el dominio español se generaran disposiciones, las cuales con el paso del tiempo generaron confusión y fueron excesivas, por lo que desde 1552 se comenzaron a conjuntar y ordenar, en el año 1570 D. Felipe II, ordenó que se hiciera una recopilación de las leyes y ordenamientos, en 1680 en tiempos del Sr. D. Carlos II se concluyó esta tarea.
  • Autos Acordados del Consejo

    Autos Acordados del Consejo
    Se aumentó un tercer tomo a la Nueva Recopilación, a la cual se le incluyeron más de 500 pragmáticas, cédulas, decretos, órdenes, declaraciones y resoluciones reales expedidas hasta su año de publicación 1745. Sin embargo salieron otras ediciones en los años 1772, 1775 y 1777 con el aumento de veintiséis leyes y doce autos.
  • Novísima Recopilación

    Novísima Recopilación
    Recopilación dividida en 12 libros integrados por 330 títulos y 4036 leyes, se aprobó por el Sr. D. Carlos IV con el título Novísima Recopilación de las Leyes de España.