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Etapas de creación, desarrollo y consolidación de nuestra constitución.

  • Constitución de 1824

    Constitución de 1824
    El sistema de gobierno propuesto por la Constitución de 1824 era de corte federal y representativo, contemplaba la unión de los estados libres mexicanos sin subyugar sus respectivas autoridades a un poder central, sino a los tres poderes públicos consabidos: ejecutivo (una Presidencia y una Vicepresidencia), legislativo (un Congreso con dos cámaras: de diputados y de senadores) y judicial (Suprema corte de Justicia, unos Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito).
  • Siete leyes constitucionales de 1836

    Siete leyes constitucionales de 1836
    Conservaron la división de los poderes nacionales en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, pero transformaron los estados federados en departamentos subordinados al gobierno central. La libertad y la soberanía que la Constitución de 1824 concedió a los estados fueron suprimidas, por lo que desaparecieron las legislaturas estatales, sustituidas por juntas departamentales cuya función era servir como consejeras de los gobernadores, ahora nombrados por el Ejecutivo nacional.
  • Constitución de 1843:

    Constitución de 1843:
    La Constitución de 1843 está dividida en once títulos, subdivididos por rubros que contienen artículos. El título I está dedicado a precisar la forma de gobierno de la nación mexicana, que sería: república, representativa, popular; el territorio y la religión de la misma.
  • Leyes de reforma 1859 - 1860

    Leyes de reforma 1859 - 1860
    Las Leyes de Reforma es el nombre con el que se conoce al conjunto de leyes expedidas entre 1855 y 1863, durante los gobiernos de Juan Álvarez, Ignacio Comonfort y Benito Juárez, el objetivo fundamental de estas leyes fue la separación de la Iglesia y el Estado.
  • Constitución de 1857

    Constitución de 1857
    En esta se derrocó al general Santa Anna y comenzó el periodo liberal de “la Generación de la Reforma”, esta tenía como forma de gobierno un sistema democrático y federal. Además, sus estados fueron declarados como libres y soberanos. Se reconoció la división de poderes tripartita. Otra de sus aportaciones fue la conocida como “Ley Iglesias” dicha ley se promulgó el 11 de abril de ese año, era sobre los derechos y obvenciones parroquiales.
  • Constitución de 1917

    Constitución de 1917
    La Constitución de 1917 reforzó la clásica tripartita de poderes públicos: ejecutivo (representado por el Presidente de la República), legislativo (representado por el Congreso Nacional, dividido en el Senado y la Cámara de Diputados) y judicial (representado en la Suprema Corte de Justicia). Además, se ratificó el sistema de elecciones directas y se dio más soberanía a las 32 entidades federativas del país.