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Constitución de 1824
Establecía una forma de gobierno republicana representativa y popular. Decreta la división de poder en ejecutivo, legislativo y judicial. Considerando a la religión católica como única y oficial.
Dividió al país en 19 estados y cinco territorios. -
Las Siete Leyes Constitucionales de 1836
Conocida también como la Constitución de Régimen Centralista promovida por Antonio López de Santa Anna. Conservaron la división de los poderes nacionales en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, pero transformaron los estados federados en departamentos subordinados al gobierno central. -
Constitución de 1843
También llamada Bases Orgánicas, ya que concebía una idea de conformar un cuerpo social organizado. -
Constitución de 1857.
Promulgada por el Congreso Constituyente durante la presidencia de Ignacio Comonfort. Pretendía construir una nación bajo la forma de República democrática, representativa y popular, conformada por 8 títulos y 120 artículos que garantizaban los derechos del hombre: la soberanía nacional, dividiendo los poderes de la nación en Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Otorgaba garantías individuales, dictando la libertad de imprenta y de enseñanza. -
Leyes de Reforma 1859-1860
Son un conjunto de leyes de corte liberal, promulgadas en México a lo largo de tres períodos presidenciales: Juan Álvarez, Ignacio Comonfort y Benito Juárez, con los propósitos;
• Separación entre la Iglesia y el Estado.
• Nacionalización de los bienes del clero.
• Extinción de las corporaciones eclesiásticas.
• Secularización de los cementerios y fiestas públicas.
• Promulgación de la libertad de culto. -
Constitución de 1917.
Promulgo las bases legales para volver al orden constitucional. Establece el sistema federal, la separación de poderes, la no reelección, la división del poder legislativo en dos cámaras y una comisión legislativa. Se conforma por; garantías individuales; soberanía nacional y forma de gobierno; división de poderes; responsabilidades de los funcionarios públicos; de los estados de la federación; del trabajo y previsión social; y de la inviolabilidad de la Constitución.