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Declaración Universal de los Derechos Humanos
La protección de los datos personales es recocido como un derecho de carácter internacional -
Derecho a la Privacidad
Prohibía la intervención de comunicaciones y la privación de documentos sin un mandato judicial que lo constatara -
Desarrollo Tecnológico
La acumulación y el proceso de la información, tras un desarrollo tecnológico, llevo a tomar medidas de legislativas que regularizaran -
Tercera Generación de Derechos Humanos
El Consejo Europeo y su Tribunal desarrollan los términos para declarar una nueva generación en materia de Derechos Humanos pero en el ámbito de uso de avances de ciencias y tecnología -
Organismos Internacionales
El reconociendo de organismos como la ONU, la OCDE y el Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico llevo el reconocimiento de esta tercera generación hasta estar presente en toda Europa -
Ley de Transparencia: México
Decreto de la promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, estos regirán el uso correcto de los mismos. -
Órgano de Protección
Tras la promulgación de la Ley Federal de Transparencia, se forma para garantizar el cumplimiento de los derechos de acceso a la información y para la protección de datos personales.
http://inicio.ifai.org.mx/SitePages/ifai.aspxhttp://inicio.ifai.org.mx/SitePages/ifai.aspx -
Art. 73 CPEUM
Se presenta en la Cámara de Diputados un decreto para reformar el articulo 73 para otorgar facultades al Congreso Federal para legislar y normativizar el uso de quienes poseen datos de personales (particulares) como empresas, bancos,etc. -
Art. 6° CPEUM
Su reforma del articulo sexto establece bajo que condiciones se debe asegurar el Derecho a la Información y la protección de esta. De una manera menos federal
http://inicio.ifai.org.mx/Publicaciones/ModificacionArt6.pdf -
Art.16 CPEUM
Presentación de proyecto donde se le adiciona el reconocimiento de la protección de los datos personales como una garantía -
Iniciativa Art.16 CPEUM
Dota al sujeto d todo derecho de protección de datos pero también en materia de seguridad nacional para su orden publico. Aprobada por 97 votos a favor,ninguno en contra y una sola abstención en el Senado de la República -
Publicacion Oficial:Art.73 CPEUM
Dictamen aprobado y ya reformado este articulo,se publico en el Diario Oficial de la Federación. Estableciendo bases para su vigilancia u derecho de carácter autónomo -
Publicación Oficial: Art.16 CPEUM
Su primera lectura de la reforma creada en base de protección de datos personales. Aprobándola en su totalidad y siendo publicada en el Diario Oficial de la Federación para regir a la protección de datos personales -
IFAI: Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos Personales
IFAI se presento en el en este encuentro teniendo el papel protagonista al ser un modelo regulador. Recibiendo elogios como: "La privacidad es una condición necesaria para el desarrollo económico, porque sin ella no hay confianza, y sin confianza no hay modelo de negocios viable.” del mismo director de la Agencia -
Nuevas Disposiciones
Se publica en el Diario Oficial de la Federación un decreto en el cual cual le exige al estado una total transparencia igualmente a los particulares. Y faculta a diferentes órganos el velar por los mismos -
Ley General de Transparencia:INAI
Este marco normativo amplia el derecho a un acceso de información con un criterio de igualdad sin restricciones y limites.
http://inicio.ifai.org.mx/Comunicados/Comunicado%20INAI-001-15.pdf -
Última Reforma
Esta reforma expide disposiciones para sujetos obligados para la protección
http://inicio.ifai.org.mx/LeyesEstados/LPDEM.pdf