Educación Inclusiva.

  • Declaración Mundial sobre Educación para Todos y Marco de acción para satisfacer las necesidades básicas de aprendizaje (Jomtien)

    Declaración Mundial sobre Educación para Todos y Marco de acción para satisfacer las necesidades básicas de aprendizaje (Jomtien)
    Promueven el acceso universal a oportunidades educativas. Subrayan la educación como un pilar fundamental en las políticas globales de desarrollo humano y demandan que todos los Estados aseguren su disponibilidad para todos los ciudadanos. Además, enfatizan la importancia de involucrar a las familias en las diversas actividades del sistema educativo formal.
  • Constitución Política de Colombia

    Constitución Política de Colombia
    Se reconoce que el Estado debe garantizar igualdad, protección y atención educativa para las personas con discapacidad. Los artículos clave son: Artículo 3: Igualdad y no discriminación.
    Artículo 13: Accesibilidad y adaptación educativa.
    Artículo 47: Educación inclusiva y de calidad.
    Artículo 54: Recursos y apoyo especializado.
    Artículo 68: Protección y oportunidades igualitarias.
  • Ley General de Educación (Colombia)

    Ley General de Educación (Colombia)
    En el capítulo 1, los artículos 46 y 49 establecen que la educación para personas con discapacidad debe integrarse en el servicio público educativo. El artículo 46 exige a los establecimientos educativos coordinar acciones para atender las necesidades específicas de estas personas.
  • Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas Especiales: Acceso y Calidad

    Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas Especiales: Acceso y Calidad
    El Informe de Salamanca destaca la importancia de una escuela inclusiva para todos, evitando la creación de escuelas especiales para estudiantes con discapacidad. Propone que los currículos se adapten a las necesidades de estos estudiantes y subraya la relevancia de la detección temprana de la discapacidad.
  • Decreto 2082 (Colombia)

    Decreto 2082 (Colombia)
    El decreto regula la atención educativa para personas con limitaciones y para aquellos con capacidades y talentos excepcionales. Los artículos clave son: Artículo 1: Define el alcance y los objetivos de la atención educativa especializada.
    Artículo 2: Establece los criterios y procedimientos para la identificación y evaluación de necesidades educativas.
    Artículo 17: Regula las medidas y recursos necesarios para brindar una educación adecuada a estas personas.
  • Ley 361 (Colombia)

    Ley 361 (Colombia)
    La Ley 361 de Colombia establece los mecanismos para la integración social de las personas con limitaciones y crea un Comité Consultivo Nacional para abordar sus necesidades y promover su inclusión.
  • Foro Mundial sobre la Educación (Dakar)

    Foro Mundial sobre la Educación (Dakar)
    Reafirma la importancia de una escuela centrada en el estudiante. Destaca que las escuelas deben estar preparadas para atender las necesidades de todos los estudiantes, adaptándose a la diversidad de sus requerimientos.
  • Resolución 2565 (Colombia)

    Resolución 2565 (Colombia)
    Define las normas y directrices para ofrecer servicios educativos a personas con necesidades especiales, abarcando también a quienes tienen discapacidad.
  • Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU)

    Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU)
    Establece claramente los derechos de las personas con discapacidad, eliminando términos despectivos y excluyentes. Reconoce a estas personas como una parte integral de la diversidad humana y asegura que deben tener el derecho a participar plenamente en una sociedad inclusiva.
  • Ley 1145 (Colombia)

    Ley 1145 (Colombia)
    Establece y organiza el Sistema Nacional de Discapacidad, con el objetivo de lograr la igualdad de oportunidades y, en consecuencia, asegurar el acceso y la permanencia en entornos educativos para todas las personas con discapacidad.
  • Conferencia Internacional de Educación. La Educación inclusiva: El camino hacia el futuro. Cuadragésima octava reunión (Unesco)

    Conferencia Internacional de Educación. La Educación inclusiva: El camino hacia el futuro. Cuadragésima octava reunión (Unesco)
    En la Cuadragésima Octava Reunión de la Conferencia Internacional de Educación de la UNESCO, se enfatiza que la educación inclusiva de calidad es un proceso continuo que beneficia a todos los estudiantes. Los centros educativos deben fomentar culturas que respeten las diferencias y acepten los ritmos de aprendizaje individuales y específicos de cada alumno.