D22f6b4d0474c589f422c5516ae4303c

Diversidad en Colombia

  • Apertura constitucional de 1991

    Apertura constitucional de 1991
    En el art. 7 de la Constitución Política de Colombia es donde se encuentra plasmada donde el estado protege y reconoce la diversidad étnica y cultural en nuestro País.
  • Grupos étnicos y culturales

    Grupos étnicos y culturales
    La Constitución Política de 1991 establece que el estado colombiano reconoce y protege la diversidad étnica y cultural, señalando que es su obligación y la de todas las personas ,proteger las riquezas naturales y culturales de la nación colombiana.
  • Comunidades Afrocolombianas

    Comunidades Afrocolombianas
    Ley 70 de 1993:
    - El respeto a la integridad y la dignidad de la vida cultural de las comunidades negras.
    - La participación de las comunidades negras y sus organizaciones, sin detrimento de su autonomía, en las decisiones que las afectan y en las de toda la Nación en pie de
    igualdad, de conformidad con la Ley.
    -La protección de su ambiente atendiendo a las relaciones establecidas por las comunidades negras con la naturaleza.
  • Educación a grupos étnicos y Campesinos

    Educación a grupos étnicos y Campesinos
    Ley 115 de Febrero del 2008
    De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, define y desarrolla la organización y la prestación de
    la educación formal en sus niveles preescolar, básica (primaria y secundaria) y media, no formal e informal, dirigida
    a niños y jóvenes en edad escolar, a adultos, a campesinos, a grupos étnicos, a personas con limitaciones físicas,
    sensoriales y psíquicas, con capacidades excepcionales, y a personas que requieran rehabilitación social.
  • Ley 324 de 1996

    Ley 324 de 1996
    En el cual se crean algunas normas a favor de la población sorda como:
    -limitación auditiva, sordo, hipoacúsico, lengua manual Colombiana, así como también la comunicación, prevención y rehabilitación e interpretes para sordos.
  • Ley 397 de 1997

    Ley 397 de 1997
    Por la cual se desarrollan los Artículos 70, 71 y 72 y demás Artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.
  • Ley 375 de la juventud y se dictan otras disposiciones.

    Ley 375  de la juventud y se dictan otras disposiciones.
    Finalidad. Como finalidad la presente ley debe promover la formación integral del joven que contribuya a su desarrollo físico, sicólogo, social y espiritual. A su vinculación y participación activa en la vida nacional, en lo social, lo económico y lo político como joven y ciudadano
    El Estado debe garantizar el respeto y promoción de los mismo
  • Desplazamiento, Jóvenes en riesgo y Población Infantil

    Desplazamiento, Jóvenes en riesgo y Población Infantil
    En 2002 la Convención Interamericana para la eliminación
    de todas las formas de discriminación contra las
    personas con discapacidad.
    Sentencia de la Corte 2004 Sobre la población infantil y joven en riesgo y en desplazamiento -Sobre las mujeres en situación de desplazamiento y victimas del conflicto armado y su protección.
  • Sentencia T025 del 2004

    Sentencia T025 del 2004
    Dado el hecho de vulnerabilidad a la población desplazada y principales afectados como madres cabeza de familias, menores de edad, minorías étnicas y personas de la tercera edad se conforman asociaciones para proteger dicha población.
  • Política Publica

    Política Publica
    Es constituida por el Enfoque de Derechos, la política tiene como fin la promoción, protección, restitución y garantía de los derechos humanos de los y las jóvenes.
  • La ley 1381 de 2010 o Ley de Lenguas Nativas.

    La ley 1381 de 2010 o Ley de Lenguas Nativas.
    Por la cual se desarrollan los artículos 7°, 8°, 10 y 70 de la Constitución Política, y los artículos 4°, 5° y 28 de la Ley 21 de 1991 (que aprueba el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales), y se dictan normas sobre reconocimiento, fomento, protección, uso, preservación y fortalecimiento de las lenguas de los grupos étnicos de Colombia y sobre sus derechos lingüísticos y los de sus hablantes.
  • Comunidad LGBTI Colombia Diversa

    Comunidad LGBTI Colombia Diversa
    La última década fue clave para la comunidad LGBTI en Colombia. Gracias a la lucha en las calles y los tribunales, el Estado ha comenzado a reconocerle algunos de sus derechos. Por ejemplo, la Corte Constitucional sentenció en 2008 que las uniones libres del mismo sexo tienen derecho a reclamar la pensión de su pareja. En 2011 se pronunció sobre el matrimonio igualitario y en 2013 les abrió la posibilidad de casarse en las notarías.(revista semana NACIÓN | 6/4/2017)
  • Colombia abre la primera clínica LGBTI

    Colombia abre la primera clínica LGBTI
    El propósito del equipo de especialistas es ayudar en el proceso a padres que sus hijos no sintieron identificación con el género en el que nacieron, pues esta orientación es la base para el manejo correcto y adecuado de los casos. Y garantizar a los menores una atención especializada adecuada.