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Prohíbe la discriminación basada en origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra circunstancia que atente contra la dignidad humana. -
Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución sin discriminación alguna. -
Se garantiza el derecho a la protección de la salud y se menciona el respeto a la vida humana. -
Protege la libertad personal y la seguridad jurídica, estableciendo que nadie puede ser privado de la libertad sino mediante un juicio seguido ante los tribunales. -
Establece el derecho a la libertad de pensamiento y expresión, incluyendo la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas. -
Toda persona tiene derecho a acceder a la información pública y a la protección de sus datos personales. -
Los ciudadanos tienen el derecho de formular peticiones a cualquier autoridad, siempre que sean de manera respetuosa y por escrito. -
Establece el derecho a reunirse o asociarse pacíficamente con cualquier objeto lícito. -
Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla de manera pronta, completa e imparcial. -
Se garantiza el acceso a la justicia y se prohíbe que la justicia sea negada o retrasada. -
Se reconoce la libertad de trabajo y que ninguna persona puede ser obligada a realizar un trabajo sin su consentimiento. -
Se garantiza el derecho a una educación laica, gratuita y obligatoria. -
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. -
Se reconoce el derecho de toda persona a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. -
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. -
Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. -
Se garantiza el derecho a una vivienda adecuada. -
Establece que la ley protegerá la organización y el desarrollo de la familia. -
Toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata desde su nacimiento. -
Los niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento. -
Se reconocen derechos laborales y el derecho a la seguridad social para todos los trabajadores. -
Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia. -
Se garantiza la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, así como el derecho a profesar la creencia religiosa que más le agrade a cada persona. -
Se reconoce y protege el derecho de propiedad, sujeto a las modalidades que dicte el interés público. -
Se garantiza el derecho a la protección de datos personales y a la privacidad. -
Se establece que ninguna ley se aplicará retroactivamente en perjuicio de persona alguna. -
Se garantiza que nadie puede ser privado de sus propiedades, libertades o derechos sin un juicio previo y equitativo. -
Hombres y mujeres son iguales ante la ley, y esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia, así como el reconocimiento y la plena igualdad de género. -
Se prohíben las penas inusitadas o infamantes, así como la pena de muerte y la tortura. -
Se prohíben la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.