Imperio romano e1562350281661

Derecho Romano

By dazita
  • 753 BCE

    mores maiorum

    El ius en un principio consistia en mores maiorum, osea costumbres de los antepasados como criterios morales de virtud. Los conflictos de intereses eran resueltos por las legis actiones (procedimiento judicial, fuente formal más antigua del derecho romano).
  • Period: 753 BCE to 509 BCE

    Monarquia

  • Period: 753 BCE to 130 BCE

    Derecho arcaico

    mores maiorum; costumbres de los antepasados leges regiae (leyes de los reyes) Ley de las XII Tablas interpretatio de los pontífices y su posterior evolución a una iurisprudentia leges o leyes de la época republicana Plebiscitos
  • 752 BCE

    leges regiae

    Leyes de la época monárquica, pero no existe información cierta y precisa sobre las mismas.
  • Period: 510 BCE to 27 BCE

    República

  • 509 BCE

    leges (leyes de la Republica)

    la lex es una disposicion juridica aprobada por el populus reunido en comicios a propuesta de la rogatio de un magistrado (lex rogata) y la lex data es dictada directamente por el magistrado. Ambas pertenencen a la lex publica. Las leyes toman el nombre gentilicio de su autor, acompañado por el de su colega en el cado de los consules.
  • 451 BCE

    Ley de las Xll tablas

    En ella estaba el fundamento de la vida jurídica, tanto pública como privada. Asentó por escrito los viejos ritos juridicos y reglas vigentes con anterioridad. Fue redactada por diez magistrados llamados decenviros, por eso se le dice tambien “Ley decenviral”.
  • 448 BCE

    Lex Hortensia

    Otorga a los plebiscitos obligatoriedad a todas las clases
  • 387 BCE

    Pretor

  • 304 BCE

    Ius Flavianum

  • 242 BCE

    Pretor Peregrino

  • 130 BCE

    Lex Aebutia

    procedimiento judicial de formulas escritas (procedimiento formulario)
  • Period: 130 BCE to 230

    Derecho clasico

    Constituye la verdadera ciencia juridica romana, superacion neta del viejo ius civile de la epoca quiritaria. Se divide en tres etapas
  • Period: 130 BCE to 30 BCE

    Derecho preclasico

    Dos principales fuentes: edictos de magistrados y respuesta de prudentes (responsa prudentium)
  • Period: 30 BCE to 130

    Derecho clasico central

    Fuentes del ius: edictos de pretores y otros magistrados, respuestas de prudentes. Fuentes autoritarias: leges que seran acompañadas por senadosconsultos.
  • Period: 27 BCE to 235

    Principado

  • 17 BCE

    Leges Iulia de Iudiciis

    Lex aebutia (procedimiento formulario) se vuelve obligatoria.
  • 117

    Reformas de Adriano

    Cualquiera que se sintiera con confianza podra responder una consulta juridica Consilium de juristas: interpretan y modifican al Edicto
  • Period: 130 to 230

    Derecho clasico tardio

    Fuentes de derecho: edictos (edicto perpetuo), constituciones imperiales y responsa de prudentes
  • 131

    Edicto Perpetuo

    Codificacion ordenada del edicto de los pretores que se vuelve obligatorio. Adriano lo presenta frente al Senado que lo aprueba bajo el rango de Senadoconsulto. Este Edicto Perpetuo se relaciona estrechamente al Consilium (consejo asesor del Emperador en materias juridicas).
  • Period: 230 to 565

    Derecho postclasico

    Fuentes del derecho: iurisprudentia (pero decadente), constituciones imperiales (Ley de Citas)
  • Period: 235 to 284

    Anarquia militar

  • Period: 284 to 565

    Dominado

  • 290

    Compilacion Gregoriana

  • 310

    Compilacion Hermogeniana

  • 350

    Derecho vulgar

    Tendencia a la simplificacion Valor prepoderante de la voluntad en la interpretacion de actos juridicos Tendencia a la moralizacion en las soluciones jurídicas
  • 426

    Ley de Citas

    Debido al uso de rescriptos falsos y autenticidad de los edictos y obras que se citaban en juicios fue necesaria la intervencion estatal. Se ordena que los jueces en sus sentencias solo deben considerar a Paulo, Ulpiano, Papiano, Modestino y Gayo, unicos que gozaban de auctoritas. En caso de discrepancia: se debe seguir la opinión de la mayoría En caso de empate: se debe seguir la opinión del grupo de Papiniano
  • 439

    Codigo Teodosiano

  • 500

    Edicto Teodorico

    dictado luego de la caida de roma, pero sin citar fuentes
  • 506

    Ley Romana de los Visigodos

    compilacion que abarcaba tanto algunos iura como leges
  • 510

    Ley Romana de los Burgundios

    se aplico tanto a su pueblo como a romanos dentro de su territorio
  • 533

    Justiniano/ Corpus Iuris Civiles

    Más importante porque recopilo tanto leges como iuras. Se denominara posteriormente como Corpus Iuis Civilis. Se divide en cuatro partes Codigo: constituciones imperiales desde Adriano hasta Justiniano Digesto: doctrina de los grandes juristas, esta la interpretacion de estos Institutas: dedicado a los estudiantes, nociones generales. Ius aparece dividido en: personas, cosas y acciones Novelas: nuevas constituciones dictadas despues del año 534