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753 BCE
mores maiorum
El ius en un principio consistia en mores maiorum, osea costumbres de los antepasados como criterios morales de virtud. Los conflictos de intereses eran resueltos por las legis actiones (procedimiento judicial, fuente formal más antigua del derecho romano). -
Period: 753 BCE to 509 BCE
Monarquia
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Period: 753 BCE to 130 BCE
Derecho arcaico
mores maiorum; costumbres de los antepasados leges regiae (leyes de los reyes) Ley de las XII Tablas interpretatio de los pontífices y su posterior evolución a una iurisprudentia leges o leyes de la época republicana Plebiscitos -
752 BCE
leges regiae
Leyes de la época monárquica, pero no existe información cierta y precisa sobre las mismas. -
Period: 510 BCE to 27 BCE
República
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509 BCE
leges (leyes de la Republica)
la lex es una disposicion juridica aprobada por el populus reunido en comicios a propuesta de la rogatio de un magistrado (lex rogata) y la lex data es dictada directamente por el magistrado. Ambas pertenencen a la lex publica. Las leyes toman el nombre gentilicio de su autor, acompañado por el de su colega en el cado de los consules. -
451 BCE
Ley de las Xll tablas
En ella estaba el fundamento de la vida jurídica, tanto pública como privada. Asentó por escrito los viejos ritos juridicos y reglas vigentes con anterioridad. Fue redactada por diez magistrados llamados decenviros, por eso se le dice tambien “Ley decenviral”. -
448 BCE
Lex Hortensia
Otorga a los plebiscitos obligatoriedad a todas las clases -
387 BCE
Pretor
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304 BCE
Ius Flavianum
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242 BCE
Pretor Peregrino
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130 BCE
Lex Aebutia
procedimiento judicial de formulas escritas (procedimiento formulario) -
Period: 130 BCE to 230
Derecho clasico
Constituye la verdadera ciencia juridica romana, superacion neta del viejo ius civile de la epoca quiritaria. Se divide en tres etapas -
Period: 130 BCE to 30 BCE
Derecho preclasico
Dos principales fuentes: edictos de magistrados y respuesta de prudentes (responsa prudentium) -
Period: 30 BCE to 130
Derecho clasico central
Fuentes del ius: edictos de pretores y otros magistrados, respuestas de prudentes. Fuentes autoritarias: leges que seran acompañadas por senadosconsultos. -
Period: 27 BCE to 235
Principado
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17 BCE
Leges Iulia de Iudiciis
Lex aebutia (procedimiento formulario) se vuelve obligatoria. -
117
Reformas de Adriano
Cualquiera que se sintiera con confianza podra responder una consulta juridica Consilium de juristas: interpretan y modifican al Edicto -
Period: 130 to 230
Derecho clasico tardio
Fuentes de derecho: edictos (edicto perpetuo), constituciones imperiales y responsa de prudentes -
131
Edicto Perpetuo
Codificacion ordenada del edicto de los pretores que se vuelve obligatorio. Adriano lo presenta frente al Senado que lo aprueba bajo el rango de Senadoconsulto. Este Edicto Perpetuo se relaciona estrechamente al Consilium (consejo asesor del Emperador en materias juridicas). -
Period: 230 to 565
Derecho postclasico
Fuentes del derecho: iurisprudentia (pero decadente), constituciones imperiales (Ley de Citas) -
Period: 235 to 284
Anarquia militar
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Period: 284 to 565
Dominado
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290
Compilacion Gregoriana
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310
Compilacion Hermogeniana
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350
Derecho vulgar
Tendencia a la simplificacion Valor prepoderante de la voluntad en la interpretacion de actos juridicos Tendencia a la moralizacion en las soluciones jurídicas -
426
Ley de Citas
Debido al uso de rescriptos falsos y autenticidad de los edictos y obras que se citaban en juicios fue necesaria la intervencion estatal. Se ordena que los jueces en sus sentencias solo deben considerar a Paulo, Ulpiano, Papiano, Modestino y Gayo, unicos que gozaban de auctoritas. En caso de discrepancia: se debe seguir la opinión de la mayoría En caso de empate: se debe seguir la opinión del grupo de Papiniano -
439
Codigo Teodosiano
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500
Edicto Teodorico
dictado luego de la caida de roma, pero sin citar fuentes -
506
Ley Romana de los Visigodos
compilacion que abarcaba tanto algunos iura como leges -
510
Ley Romana de los Burgundios
se aplico tanto a su pueblo como a romanos dentro de su territorio -
533
Justiniano/ Corpus Iuris Civiles
Más importante porque recopilo tanto leges como iuras. Se denominara posteriormente como Corpus Iuis Civilis. Se divide en cuatro partes Codigo: constituciones imperiales desde Adriano hasta Justiniano Digesto: doctrina de los grandes juristas, esta la interpretacion de estos Institutas: dedicado a los estudiantes, nociones generales. Ius aparece dividido en: personas, cosas y acciones Novelas: nuevas constituciones dictadas despues del año 534