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Procedimiento de Transferencia
Quien desee transferir un fondo de comercio deberá,
previamente, publicar un aviso, por 5 días indicando:
La Clase y Ubicación del Negocio.
El Nombre y Domicilio del vendedor y del comprador.
El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano, si estos interviniesen -
Period: to
Fondo de Comercio
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Procedimiento de Transferencia.
Quien desee transferir un fondo de comercio deberá,
previamente, entregar al presunto comprador una nota firmada que contenga, al
menos, la siguiente información:
Detalle de los créditos adeudados.
Nombre y domicilio de los acreedores.
Monto de los créditos adeudados.
Fechas de vencimiento (si las hay). -
Procedimiento de Transferencia
Los acreedores tendrán 10 días para
notificar su oposición a la transferencia, notificación que deberá cursarse al presunto comprador en el domicilio denunciado, reclamando la retención
del importe de su crédito y el correspondiente depósito de las sumas retenidas, en
cuenta especial, en el banco correspondiente .El comprador, recibida la notificación se encontrará obligado a retener el importe correspondiente a su crédito y a depositar dicho
monto en cuenta judicial, en el banco correspondiente -
Procedimiento de Transferencia
Desde la notificación de la oposición a la
transferencia, en los términos del artículo 4 de la Ley 11.687, el acreedor que se
hubiera opuesto, tendrá 20 días para trabar embargo judicial. Si el acreedor no trabase el embargo judicial en el plazo indicado, transcurrido el plazo de 20 días, el
depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta -
Procedimiento de Transferencia
El documento solo podrá firmarse después de transcurridos 10 días
desde la última publicación realizada, siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores y/o,
siempre y cuando, existiendo oposición, se hubieran realizado las correspondientes
retenciones y depósitos.
El documento de transferencia, para producir efectos frente a terceros, deberá:
Extenderse por escrito; y
Inscribirse en el Registro Público, dentro de los 10 días de su otorgamiento. -
Condiciones de Transferencia y Consecuencias de su Incumplimiento
Que la transferencia del fondo de comercio se efectúe por un precio inferior al de los créditos constitutivos del pasivo confesado por el vendedor ,
más el importe de los créditos no confesados por el vendedor, pero cuyos titulares
hubieran hecho oposición, salvo
conformidad unánime de todos los acreedores.
Las omisiones o transgresiones harán solidariamente responsables al comprador; al vendedor y al martillero o al escribano que
las hubieran cometido, por el importe de los créditos impagos.