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Se incorporaron las
normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737 que regulaban específicamente el
comercio terrestre y marítimo.
Este organismo actuaba como tribunal en asuntos mercantiles y seguía la tendencia
continental europea de separar la jurisdicción civil de la mercantil. -
En la Asamblea del año 1813, se creó la Matrícula para comerciantes nacionales, que tenía por objeto regular la actividad comercial y garantizar la idoneidad de quienes se dedicaban al comercio; y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Se creó la Bolsa Mercantil que se instaló en 1822 y funcionó por breve lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Por inspiración de Rivadavia, se dictaron tres decretos: sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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Por decreto, Rosas suprimió los concursos de acreedores. Esto fue derogado en 1858.
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El Estado de Buenos Aires, segregado de la Confederación, confió en 1856 al jurista uruguayo Eduardo Acevedo, la tarea de preparar un proyecto de Código de Comercio, que contó con la colaboración de Dalmasio Vélez Sarsfield. El proyecto se presentó al poder ejecutivo del Estado en 1857.
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En 1859 quedó finalmente convertido en ley del Estado de Buenos Aires. El Código fue adoptado por Santa Fe en 1861 y por Entre Ríos en 1862, año éste en que, unificada la nación y la legislación de fondo en virtud de la reforma constitucional de 1860 que incorporó a Buenos Aires al régimen de 1853, también el Código de Comercio de Buenos Aires es consagrado Código de la Nación.
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En 1869 se sancionó el Código Civil lo que planteo la necesidad de reformar el Código de Comercio.
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Las principales modificaciones introducidas fueron: 1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos; 2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante; 3) cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras; y 4) se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda,
quitando el material que se consideraba civil. -
Se sanciona el Decreto-Ley 5965/63 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Se sanciona la Ley N° 17.418 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Se sanciona la Ley 19.550 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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Se sanciona la Ley 20.094 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Se sanciona la Ley 24.452 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Se sanciona la Ley 26.579 que, entre otras cosas, modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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En el año 2015 se sanciona la Ley 26.994 que da lugar al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, y deroga al Código de Comercio de 1862. Este nuevo Código es la principal fuente del Derecho Comercial en nuestros días.