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Como realizar una transferencia de fondo de comercio

  • 1 CE

    Paso N°1 "Publicación de un aviso"

    Quien desee transferir un fondo de comercio deberá, previamente, publicar un aviso, por 5 días, en el diario de publicaciones legales (es decir, en el Boletín Oficial) y en uno o más diarios o periódicos del lugar en el que funciona el establecimiento que se pretende transferir.
    El anuncio deberá indicar, al menos, lo siguiente:
    - La Clase y Ubicación del Negocio.
    - El Nombre y Domicilio del vendedor y del comprador.
    - El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano, si estos interviniesen
  • 2

    Paso N°2 "Entregar una nota firmada con información"

    Se deberá entregar previamente al presunto comprador una nota firmada que contenga, al menos, la siguiente información:
    - Detalle de los créditos adeudados.
    - Nombre y domicilio de los acreedores.
    - Monto de los créditos adeudados.
    - Fechas de vencimiento (si las hay).
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    Paso N°3 "Aguardar el transcurso de un período de 10 días"

    Después de la última publicación, los acreedores tienen 10 días para oponerse a una transferencia. Deben notificar su oposición al presunto comprador en el domicilio declarado en la publicación o al rematador/escribano involucrado, solicitando la retención del importe. El comprador debe retener el importe correspondiente al acreedor y depositarlo en una cuenta judicial en el banco una vez que reciba la notificación del acreedor.
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    Paso N°4 "Actuación frente oposición"

    Desde la notificación de la oposición a la
    transferencia, el acreedor que se hubiera opuesto tendrá 20 días para trabar embargo judicial. Si el acreedor no trabajase el embargo judicial en el plazo indicado, transcurrido el plazo de 20 días, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.
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    Paso N°5 "Firmar el documento de transmisión"

    El documento de transmisión solo podrá firmarse después de transcurridos 10 días desde la última publicación realizada, y siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores y/o, en caso de existir oposición, se hubieran realizado las correspondientes retenciones y depósitos.
    El documento de transferencia, para producir efectos frente a terceros, deberá:
    Extenderse por escrito e inscribirse en el registro público, dentro de los 10 días de su otorgamiento.