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ELEMENTOS CONSTITUCIONALES DE 1812
Los primeros antecedentes históricos del reparto de funciones de un gobierno en México, se encuentran en los Elementos Constitucionales de 1812 por Ignacio López Rayón, tomando como punto de referencia a la Secretaría de la Cámara del Virreinato, y en concordancia con la concepción de Gobierno en un Estado nación surgido del pensamiento liberal europeo, delineó tres eventuales despachos de negocios: Gracia y Justicia, Guerra y Hacienda. -
DECRETO CONSTITUCIONAL PARA LA LIBERTAD DE LA AMERICA LATINA
Mencionaba la facultad del Supremo Gobierno para formar ministerios o despachos para el ejercicio de sus deberes, pero salvo el apartado que detallaba al de Hacienda, no especificó ningún otro. Tuvo vigencia para las fuerzas de los insurgentes y los territorios que lograron controlar efímeramente durante el transcurso de la guerra de Independencia. -
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JUNTA PROVISIONAL GUBERNATIVA
Fué la primera entidad gobernativa de la nación mexicana que rigió al país desde el 28-septiembre-1821 hasta el 24-febrero-1822, donde quedó establecido que el ente que se encargara del poder ejecutivo, dispusiera de cuatro despachos: Secretaría de Estado y del Despacho de Relaciones Exteriores e Interiores; Secretaría de Estado y del Despacho de Guerra y Marina; Secretaría de Estado y del Despacho de Hacienda; y Secretaría de Estado y del Despacho de Justicia y Negocios Eclesiásticos. -
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INESTABILIDAD POLITICA
Se promulgan las Siete Leyes, en 1837 intentan por separar Política exterior y Política interior, pero no se puede por inestabilidad política. Años siguientes fueron separadas y fusionadas a la par de constantes cambios de gobierno, cambiando también las facultades y atribuciones. Los ministerios pasan a secretarías. Hubo ampliación de facultades en Justicia y Negocios Eclesiásticos, cuando en 1841 se llama Ministerio de Justicia, Negocios Eclesiásticos, Instrucción Pública e Industria. -
BASES DE ORGANIZACIÓN PARA EL GOBIERNO PROVISIONAL DE LA REPÚBLICA
El Ministerio de Relaciones Exteriores e Interiores se transforma en Ministerio de Relaciones Exteriores y Gobernación; asimismo, se instituye el Ministerio de Instrucción Pública e Industria, que un mes después se cambia a Ministerio de Justicia e Instrucción Pública, lo que significa el inicio de un proceso de que el Estado asuma la educación pública, actividad que era exclusiva de asociaciones religiosas. -
SURGE UNA QUINTA DEPENDENCIA GUBERNAMENTAL
Durante el último gobierno de Antonio López de Santa Anna, surgió la quinta dependencia del gobierno nacional. El entonces llamado Ministerio de Fomento, Colonización e Industria y Comercio, se constituyó a partir de funciones específicas, y hasta entonces poco asistidas, del resto de los despachos, como lo era el apoyo a la industria, la inventiva y el emprendimiento de negocios particulares; es decir, su área de políticas públicas correspondían a organizar el desarrollo del país. -
GOBIERNO DE JUAREZ
La crisis del gobierno de Juárez, tuvo como consecuencia la reducción a 4 de las secretarías de Estado; se extinguió la Comisaría General de Guerra y Marina, secularización de hospitales y establecimientos de beneficencia; establecimiento de la sección séptima de la Secretaría de Hacienda, creación de la Dirección General de Beneficencia, centralización de la Lotería Nacional y restablecimiento de las secretarías de Fomento y Gobernación. -
IMPERIO DE MAXIMILIANO DE HABSBURGO
Con la promulgación del Estatuto Provisional del Imperio Mexicano en 1865, se establecieron nueve departamentos ministeriales:
Ministro de la Casa Imperial:
de Estado;
de Negocios Extranjeros y Marina;
de Gobernación;
de Justicia;
de Instrucción pública y cultos;
de Guerra;
de Fomento;
de Hacienda. -
GOBIERNO DE PORFIRIO DIAZ
En el Porfiriato se retiraron de la Secretaría de Fomento, las funciones de elaboración y dirección de la infraestructura pública, para originar la séptima área en el organigrama del gobierno federal: la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas. Otro cambio significativo vino al pasar de la secretaría de Fomento a la de Hacienda, terminó por configurar de manera definitiva la vigente estructura y nombre de esta última. -
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LA 8va Y 9na DEPENDENCIA GUBERNAMENTAL
El 18 de mayo de 1905 fue creada la octava dependencia del gobierno federal; La Secretaría de Justicia e Instrucción Pública fue dividida dos instituciones diferentes: la Secretaría de Justicia y la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes. El 19 de enero de 1914, en plena revolución, fueron reasignadas las responsabilidades de dos despachos, Hacienda y Fomento, para formar la Secretaría de Industria y Comercio, la novena de la historia.