-
PRIMER ANTECEDENTE DE SEGURIDAD SOCIAL
El Libertador Simón Bolívar, en su discurso ante el congreso de angostura el 15 de febrero de 1819 señalo: El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política. -
PRIMERA PLÁTICA HACIA LA SALUD DE LOS TRABAJADORES
El General Rafael Uribe Uribe fue quien hablo en Colombia de la seguridad en el trabajo durante una conferencia dictada en el teatro municipal de Bogotá. Propuso un proyecto de ley sobre accidentes de trabajo. -
GENERAL URIBE PIDE INDEMNIZACIÓN A LOS TRABAJADORES
El general Uribe pide indemnizar a los trabajadores que sufrieran accidentes de trabajo, aduciendo que un trabajador que pierda su capacidad laboral debe ser indemnizado de igual manera que a un soldado que cae en campo de batalla y queda lisiado de por vida. -
NACE LA LEY 57 DE 1915
Conocida como la Ley del General Rafael Uribe Uribe. Consagra las prestaciones económico-asistenciales, la responsabilidad del empleador, las clases de incapacidad, pensión de sobreviviente y la indemnización en caso de limitaciones físicas causadas por el trabajo. Establece la primera definición de accidente de trabajo. -
LEY 46 DE 1918
Buscando fortalecer la protección de los trabajadores frente a los peligros y riesgos de su trabajo se crea la ley 46 "Por la cual se dicta una medida de salubridad pública y se provee a la existencia de habitaciones higiénicas para la clase proletaria". -
PROYECTO DE LEY DE SEGUROS SOCIALES
El Ministro Jose Antonio Montalvo, presenta el primer proyecto de ley tendiente a implantar los seguros sociales en Colombia -
SE CREA LA OFICINA DE MEDICINA LABORAL
Se crea la oficina de medicina laboral a nivel nacional con sede en Bogota. Formandose una red denomida Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial, quedando incorporada al Ministerio de Trabajo -
LEY 10 DE 1934
Donde se reglamentaba la enfermedad profesional, auxilios de cesantías, vacaciones y contratación laboral, -
SE ESTABLECE LA LEGISLACIÓN LABORAL
Se establece la legislacion laboral y se habla de los riesgos de trabajo. En Julio de 1936 empieza a regir la ley. -
LEY 53 DE 1938
Se otorga el derecho de protección a la mujer embarazada y sus ocho semanas de licencia remunerada -
CREACIÓN DEL MINISTERIO DE TRABAJO
Mediante la Ley 96 de 1938 se crea la entidad hoy conocida como Ministerio de la Protección Social. -
LEY 6 DE 1945
Cuando se cementan las bases de la salud ocupacional en
Colombia, al ser aprobada la Ley 6 (Ley General del Trabajo) por la cual se promulgaban disposiciones relativas a las convenciones de trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial de los asuntos del trabajo. Se establece la legislacion sobre salud ocupacional -
SE CREA EL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES
Con la Ley 90 se crea el Instituto de Seguros Sociales, con
el objetivo de prestar servicios de salud y pensiones a los trabajadores colombianos. Funcionó bajo cuatro negocios de la salud: entidad promotora de salud (EPS) junto a una red de clínicas, es decir, instituto prestador de salud (IPS); asimismo con cesantías y pensiones y la administradora de riesgos profesionales (ARS). -
INICIA SUS SERVICIOS EL ISS
El Instituto de Seguro Social empezó a operar con los únicos seguros de enfermedad general y maternidad -
SE EXPIDE EL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
Se expide el Código Sustantivo del Trabajo, en el cual se establecen múltiples normas relativas a la Salud Ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y seguridad en el trabajo, en su mayoría aplicables hoy en día.
Art. 199 y 200. Primera definición de accidente y enfermedad laboral
Art 201 Primera tabla de enfermedades laborales
Art 340 Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial -
SE CREA LA ENTIDAD CONALPRA
En 1954 el Ministerio de Salud crea CONALPRA "Comité Nacional para la Prevención de Accidentes" con el fin de prestar asesoría a las industrias afiliadas teniendo como bandera los siguientes aspectos:- Prevención de accidentes.
- Prevención de incendios.
- Corrección de riesgos, conservación y mantenimiento.
- Propaganda educativa.
- Servicios médicos e higiene industrial.
-
DECRETO 3170 DE 1964
Mediante el Decreto 3170 de 1964 se aprueba el reglamento del Seguro Social obligatorio para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. -
REGLAMENTAN RÉGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL SECTOR PUBLICO
La protección para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales del sector publico se empezó a manejar a través de la Caja Nacional de Previsión Nacional -
LEY 9 DE 1979
Código Sanitario Nacional. Nace el término “salud ocupacional” y se dictan las medidas sanitarias en las empresas. En su titulo III establece las normas para conservar, preservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones. -
RESOLUCIÓN 2400 DE 1979
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo -
SE CREA EL COMITE NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL
Mediante el Decreto 586 se crea el Comité Nacional de Salud Ocupacional, Como producto de la iniciativa y participación del Comité Nacional de Salud Ocupacional se expide el Decreto 614 de 1984, el cual establece las bases para la administración de la salud ocupacional en el país y su artículo 35 crea la obligación legal de diseñar y poner en marcha un Plan Nacional de Salud Ocupacional. -
DECRETO 614 DE 1984
Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de la salud ocupacional en el país. -
SE ELABORA PRIMER PLAN NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL
Se elabora el Primer Plan Nacional de Salud Ocupacional el cual tuvo como objeto orientar las acciones y programas de las instituciones y entidades públicas y privadas, así como el aumento de la productividad y el establecimiento de un plan para evitar la colisión de competencias. -
RESOLUCION 2013 DE 1986
Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. -
RESOLUCION 1016 DE 1989
Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país. Expedido por el Ministerio de Trabajo, Seguridad social y Ministerio de Salud. -
RESOLUCIÓN 1075 DE 1992
Por la cual se reglamentan actividades en materia de Salud Ocupacional.
Artículo 1: Los empleadores públicos y privados, incluirán dentro de las actividades del Subprograma de medicina preventiva, establecido por la Resolución 1016 de 1.989 campañas específicas, tendientes a fomentar la prevención y el control de la fármaco dependencia, el alcoholismo y el tabaquismo, dirigidas a sus trabajadores. -
LEY 100 DE 1993