Antecedentes del dictamen fiscal en México

  • Fundamento legal

    Fundamento legal
    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) manifiesta que el dictamen fiscal se fundamenta en las siguientes normas:
    • Código Fiscal de la Federación, artículo 32-A, 52, fracción IV
    • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 58..
  • Se publican las reglas generales de carácter fiscal.

    Se publican las reglas generales de carácter fiscal.
    Diversas disposiciones relacionadas con el dictamen fiscal, con el informe complementario sobre el IVA y con la declaratoria de Contador Público para efectos de devolución de IVA.
  • Creación de Dirección de Auditoría Fiscal Federal

    Creación de Dirección de Auditoría Fiscal Federal
    Se creó como un órgano de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para investigar y vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
    Asimismo, se estableció el registro de Contadores
    Públicos para la dictaminación de estados financieros para efectos fiscales.
  • Publicación del oficio 102-119

    En él se señala que el causante que hubiere sido dictaminado por Contador Público ya no sería revisado por la Dirección de Auditoria Fiscal Federal, en materia de ISR, por los ejercicios dictaminados.
  • Entra en vigor el nuevo Código Fiscal de la Federación

    Fue publicado el 30 de diciembre de 1966, y en su
    artículo 85 se contienen los lineamientos relativos al dictamen fiscal.
  • Se publican las reglas para la elaboración y presentación de estados financieros dictaminados para fines fiscales

    Se publican las reglas para la elaboración y presentación de estados financieros dictaminados para fines fiscales
  • Disposiciones normativas aplicables al dictamen fiscal.

    Se incluye en el artículo 52 del código fiscal de la federación.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación

    Reglamento del Código Fiscal de la Federación
    En sus artículos 45 a 58 se refiere a aspectos relacionados con el dictamen fiscal.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación

    Se dan a conocer diversas reformas aplicables al dictamen fiscal, resaltando el hecho de que disminuyó de manera sensible el número de anexos fiscales a presentar.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,

    Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
    Se publican en el DOF, diversas
    modificaciones, siendo una de ellas el cambio de nombre de la Dirección General de Auditoria y Revisión Fiscal, denominándose en lo futuro Dirección General de Auditoria Fiscal Federal.
  • Una reforma significativa

    Se incorpora al Código Fiscal de la Federación el artículo 32-A, el cual establece que, para cierto tipo de personas físicas y morales, por los ejercicios fiscales que terminen a partir del 31 de diciembre de 1990, será obligatorio dictaminar para fines fiscales sus estados financieros.
  • Adecuaciones y transcendente hecho.

    Se dan a conocer los nuevos formularios a utilizar, destacando la opción de presentar el dictamen fiscal en diskette.
  • Regla 26-A y 26-B de la RM

    En el DOF se publican las disposiciones relacionadas con la integración del cuaderno de dictamen fiscal simplificado que presentan las personas que tienen autorización para recibir donativos, así como los requisitos que deben de reunir cada uno de los anexos que integran dicho informe.
  • Se publicaron reformas al Código Fiscal de la Federación, y las modificaciones que se relacionan con el dictamen fiscal

    Se publicaron reformas al Código Fiscal de la Federación, y las modificaciones que se  relacionan con el dictamen fiscal
  • Se publicaron reformas al Código Fiscal de la Federación, y las modificaciones que se relacionan con el dictamen fiscal

  • Se modifica la fracción I del artículo 52 del CFF

    Para establecer en su inciso
    b) que también pueden dictaminar las personas de
    nacionalidad extranjera conforme a los tratados
    internacionales de que México sea parte. Esta reforma entra en vigor el 1º de enero de 1996
  • Se publican las reglas de Resolución miscelánea.

    Se publican las reglas de Resolución miscelánea.
    Y como parte de ellas se incluyen las que tratan
    sobre dictamen fiscal, y son: 68, grabación de contabilidad en medios ópticos; 76 a 78, 91 a 99 reglas sobre el llenado del diskette. Regla 100 las donatarias que en 1994 no hubieran obtenido ingresos por donativos están exceptuadas de dictaminarse si presentan aviso a la SHCP a más tardar el 17 de abril de 1995.
  • Ingresos a considerar y el valor de activos

    Se publicaron los ingresos a considerar y el valor de activos que debe tener un contribuyente en el ejercicio 1994, para saber si está o no obligado al dictamen fiscal por 1995 (Regla 76 RM; regla 73 a partir de abril de 1996).
  • Se adiciona la regla 2.11.15 a la RM

    Para dar los lineamientos a seguir por el contador público y el contribuyente cuando este último no haya cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de partes relacionadas, cuando hubiera celebrado actos de esa naturaleza, destacando la mención que el contador público debe hacer en su informe fiscal y la posterior entrega de un escrito libre dentro de los seis meses posteriores a la presentación del dictamen.
  • Se publicaron los instructivos de integración y características.

    Así como los formatos guía que deberán utilizar los contribuyentes para capturar la información en el disco magnético correspondiente a los dictámenes del año 1998, dictámenes en general y donatarias. Ambos instructivos aplican para todo tipo de contribuyentes.
  • Se publica el monto de ingresos y valor de activos que se utilizan para determinar si se está o no obligado al dictamen fiscal por el año 2000.

    Se publica el monto de ingresos y valor de activos que se utilizan para determinar si se está o no obligado al dictamen fiscal por el año 2000.
    El mismo día se indica que se prorroga hasta el 6
    de marzo del 2002 la Resolución Miscelánea Fiscal del año 2000
  • Se publica en el DOF la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta.

    Se publica en el DOF la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta.
    En sus artículos 26 y 190 que contienen los lineamientos para permitir enajenar acciones al costo fiscal, o bien, para diferir el entero del ISR cuando sea con motivo de la reestructuración de sociedades pertenecientes a un grupo, y, como pare de ello se encuentra el emitir dictamen fiscal por la operación respectiva.
  • Se publica la RM 2004-2005 y las regla relativas al dictamen fiscal

  • Se deberán presentar declaración complementaria vía Internet, en la dirección electrónica del SAT-

    A través de la cual señalarán la fecha en la que se presentó el dictamen, en sustitución de la “fecha de declaración del ejercicio”, así como el folio que les fue proporcionado cuando presentaron el dictamen vía Internet.
  • Se publica en la página del SAT una facilidad para presentar el dictamen para efectos fiscales.

    Se publica en la página del SAT una facilidad para presentar el dictamen para efectos fiscales.
    Ampliando el plazo establecido en el calendario por dos días hábiles más.
  • Se adicionan para los efectos del Art, 45 último párrafo del Reglamento del CFF.

    Las constancias de socio activo, de cumplimiento de la norma de educación
    continua, o en su caso la constancia de
    actualización académica, deberán ser proporcionadas a la Administración General de
    Auditoría Fiscal Federal, por las federaciones de
    contadores públicos o por los colegios
    no federados a los cuales estén adscritos los
    contadores públicos registrados, a través de una
    relación que entregarán dentro de los primeros tres meses de cada año.
  • Nueva resolución miscelánea fiscal 2008-2009

    Entra en vigor a partir del 01 de junio de 2008, con una nueva estructura en la numeración de las reglas y dividida en dos libros.
  • Finalización de negociaciones del IMCP con el SAT en relación con el dictamen 2009

    Destacamos los siguientes:
    - El Dictamen fiscal se seguirá elaborando por el CPR bajo la aplicación de Normas y Procedimiento de Auditoría
    - El Estado de Resultados Segmentado podrá no presentarse para el ejercicio fiscal de 2009;
    en cuyo caso, tampoco se presentará el ejercicio fiscal 2008.
    - Entre otras.
  • Reformas fiscales

    Con la entrada en vigor de las disposiciones fiscales para 2011, se hace obligatorio el uso de comprobantes fiscales digitales o por internet, para los contribuyentes dictaminados.
  • Reformas fiscales

    El ejecutivo federal envía a l Congreso de la
    Unión el paquete económico para 2014, el cual incluye diversas reformas a las leyes fiscales entre las que destaca la abrogación al artículo 32-A del CFF y demás relativos, con lo cual desaparecería el dictamen de estados financieros para efectos fiscales.
  • Se publica la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 con las siguientes reglas relativas al Dictamen de Contador Público.

    • Declaración sobre la información presentada en el dictamen y en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente
    • Determinación del ISR por desincorporación de sociedades controladas
    • Presentación del dictamen de enajenación de acciones vía Internet
    • Información relativa al dictamen de enajenación de acciones.
    • Presentación del archivo de papeles de trabajo del contador público inscrito utilizando el programa SIPRED 2015
  • Se publica la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 con las siguientes reglas relativas al Dictamen de Contador Público.

    • Procedimiento para presentar la información del dictamen de estados financieros -Presentación del archivo de papeles de trabajo del contador público inscrito utilizando el programa SIPRED 2017.
  • se dio a conocer el Anexo 16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018.

    se dio a conocer el Anexo 16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018.
    se compone de los Instructivos de
    integración y de características, los formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por Contador Público Inscrito, y de los cuestionarios relativos a la revisión efectuada por el Contador Público, por el ejercicio fiscal de 2017, utilizando el sistema de presentación del dictamen 2017
  • El SAT ha diseñado un programa que facilita el cumplimiento oportuno de la presentación por internet del dictamen fiscal, denominado SIPRED

    Algunos beneficios que tienen son:
    - Facilidad en su llenado
    - Seguridad
    - Rapidez y confiable para la presentación
  • Publicación del anexo 16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.

    Se integra de los instructivos de integración y de características, los formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público, por el ejercicio fiscal del 2020.