Antecedentes del dictamen fiscal en México

  • 1 BCE

    Fundamento legal

    Fundamento legal
    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) manifiesta que el dictamen fiscal se fundamenta en las siguientes normas:
    • Código Fiscal de la Federación, artículo 32-A, 52, fracción IV
    • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 58..
  • Se publican las reglas generales de carácter fiscal.

    Se publican las reglas generales de carácter fiscal.
    Diversas disposiciones relacionadas con el dictamen fiscal, con el informe complementario sobre el IVA y con la declaratoria de Contador Público para efectos de devolución de IVA.
  • Creación de Dirección de Auditoría Fiscal Federal

    Creación de Dirección de Auditoría Fiscal Federal
    Se creó como un órgano de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para investigar y vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
    Asimismo, se estableció el registro de Contadores
    Públicos para la dictaminación de estados financieros para efectos fiscales.
  • Publicación del oficio 102-119

    En él se señala que el causante que hubiere sido dictaminado por Contador Público ya no sería revisado por la Dirección de Auditoria Fiscal Federal, en materia de ISR, por los ejercicios dictaminados.
  • Entra en vigor el nuevo Código Fiscal de la Federación

    Fue publicado el 30 de diciembre de 1966, y en su
    artículo 85 se contienen los lineamientos relativos al dictamen fiscal.
  • Se publican las reglas para la elaboración y presentación de estados financieros dictaminados para fines fiscales

    Se publican las reglas para la elaboración y presentación de estados financieros dictaminados para fines fiscales
  • Disposiciones normativas aplicables al dictamen fiscal.

    Se incluye en el artículo 52 del código fiscal de la federación.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación

    Reglamento del Código Fiscal de la Federación
    En sus artículos 45 a 58 se refiere a aspectos relacionados con el dictamen fiscal.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación

    Se dan a conocer diversas reformas aplicables al dictamen fiscal, resaltando el hecho de que disminuyó de manera sensible el número de anexos fiscales a presentar.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,

    Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
    Se publican en el DOF, diversas
    modificaciones, siendo una de ellas el cambio de nombre de la Dirección General de Auditoria y Revisión Fiscal, denominándose en lo futuro Dirección General de Auditoria Fiscal Federal.
  • Una reforma significativa

    Se incorpora al Código Fiscal de la Federación el artículo 32-A, el cual establece que, para cierto tipo de personas físicas y morales, por los ejercicios fiscales que terminen a partir del 31 de diciembre de 1990, será obligatorio dictaminar para fines fiscales sus estados financieros.
  • Adecuaciones y transcendente hecho.

    Se dan a conocer los nuevos formularios a utilizar, destacando la opción de presentar el dictamen fiscal en diskette.
  • Regla 26-A y 26-B de la RM

    En el DOF se publican las disposiciones relacionadas con la integración del cuaderno de dictamen fiscal simplificado que presentan las personas que tienen autorización para recibir donativos, así como los requisitos que deben de reunir cada uno de los anexos que integran dicho informe.
  • Se publicaron reformas al Código Fiscal de la Federación, y las modificaciones que se relacionan con el dictamen fiscal

  • Se publicaron reformas al Código Fiscal de la Federación, y las modificaciones que se relacionan con el dictamen fiscal

  • Se modifica la fracción I del artículo 52 del CFF

    Para establecer en su inciso
    b) que también pueden dictaminar las personas de
    nacionalidad extranjera conforme a los tratados
    internacionales de que México sea parte. Esta reforma entra en vigor el 1º de enero de 1996
  • Se publican las reglas de Resolución miscelánea.

    Y como parte de ellas se incluyen las que tratan
    sobre dictamen fiscal, y son: 68, grabación de contabilidad en medios ópticos; 76 a 78, 91 a 99 reglas sobre el llenado del diskette. Regla 100 las donatarias que en 1994 no hubieran obtenido ingresos por donativos están exceptuadas de dictaminarse si presentan aviso a la SHCP a más tardar el 17 de abril de 1995.
  • Ingresos a considerar y el valor de activos

    Se publicaron los ingresos a considerar y el valor de activos que debe tener un contribuyente en el ejercicio 1994, para saber si está o no obligado al dictamen fiscal por 1995 (Regla 76 RM; regla 73 a partir de abril de 1996).