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Period: to
Antecedentes coloniales
Creación del consulado de Buenos Aires
Tribunal en asuntos mercantiles en asuntos mercantiles y separaba las leyes civiles de las mercantiles -
Revolucion de 1810
Dio fin al monopolio mercantil impuesto por España
-Libertad de comercio con otros países
-Creación de mas empresarios, comerciantes y hacendados -
Presentacion proyecto de Código de Comercio
Creado por el uruguayo Eduardo Acevedo con colaboración de Dalmasio Velez Sarsfield -
Aprobacion del Codigo de Comercio
Se aprobó en 1859 y comenzó a regir solo en la provincia de Buenos Aires. -
Period: to
Adopción del código de comercio para toda la Nacion
Se sancionó la ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio que hasta dicho momento regía solo en la Provincia de Buenos Aires. -
Creación del Código Civil Argentino
Se crea el código Civil Argentino
El proyecto fue impulsado por el presidente Domingo Faustino Sarmiento y redactado principalmente por Dalmacio Vélez Sársfield. Este código unificó las normas civiles vigentes en ese momento en el territorio argentino, estableciendo un cuerpo legal coherente y moderno para regular las relaciones civiles entre los ciudadanos. -
Primera gran Reforma de CC de 1862
-Reconocimiento del valor de los usos y costumbres como fuente de derechos.
-Se eliminó el requisito de inscripción en la matrícula para ser comerciante.
-Modificaciones en la regulación de corredores, transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo y quiebras.
-Ajustes en contratos como mutuo, depósito y prenda, eliminando aspectos considerados civiles. Esta reforma se debió principalmente a la sanción del código civil. -
Reforma sobre letras de cambio y pagares
Mediante el decreto-ley 5965/63 -
Reforma de seguros
Mediante la ley 17418 -
Reforma sobre sociedades
Mediante la ley 19550 -
Ley para concursos y quiebras
Con la aprobación de la ley 24452 -
Modificacion de la mayoria de edad
Mediante la laye 26579 se redujo la mayoría de edad de 21 a 18 años -
UNIFICACION DEL DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
Entra en vigencia el CCyC de la Nación, derogando el Código de Comercio de 1862 y formando un solo derecho con el privado en Argentina.
La diferencia es que no distingue entre sujetos comerciales y civiles, ni entre contratos civiles y comerciales