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CREACIÓN DEL CONSULADO EN BUENOS AIRES
Se Incorporan normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737 que regulan específicamente el comercio terrestre y marítimo. El Consulado cumplimentaba una doble función: judicial y administrativa y establecía el orden de prelación de las normas aplicables: Ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias y por último las Ordenanzas Reales de Castilla. Estaba conformado por un prior, dos cónsules, nueve consiliarios, un síndico, un secretario, un contador y un tesorero. -
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ANTECEDENTES DEL DERECHO COMERCIAL EN ARGENTINA
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CREACIÓN DE UNA MATRICULA PARA COMERCIANTES NACIONALES
Se sancionan normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales. -
CREACIÓN DE LA BOLSA MERCANTIL
Se instala en 1822 y funciona por breve lapso, también se dicta la Ley reglamentaria de corredores y martilleros. -
SE DICTAN TRES DECRETOS DE GRAN RELEVANCIA
1) Sobre actos de comercio; 2) Sobre causas de comercio y 3) Alzada de comercio. Por inspiración de Rivadavia. -
SUPRESIÓN DE CONCURSOS DE ACREEDORES
Por decreto, Rosas suprimió los concursos de acreedores. Esto fue derogado en 1858. -
SANCIÓN DEL CÓDIGO DE COMERCIO (derogado en el 2015 por el artículo 4 de la Ley Nº 26.994)
El Estado de Buenos Aires, confió en 1856 al jurista uruguayo aislado en el país, Eduardo Acevedo, la tarea de preparar un proyecto de Código de Comercio, que contó con la colaboración de Dalmasio Vélez Sarsfield. El proyecto se presentó al poder ejecutivo del Estado en 1857.
Se obtuvo que se aprobara, en 1859, para comenzar a regir, solo en la Provincia de Buenos Aires, en 1860.
En 1862, se sancionó la ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación, el Código de Comercio. -
SANCIÓN DEL CÓDIGO CIVIL
Se plantea la necesidad de reformar el Código de Comercio. -
PRIMERA GRAN REFORMA AL CÓDIGO DE COMERCIO
Principales modificaciones: 1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos; 2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante; 3) cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras; y 4) se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material que se consideraba civil. -
SANCIÓN DEL DECRETO-LEY 5965/63
Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés. -
SANCIÓN DE LA LEY Nº 17.418
Incorpora al viejo código de comercio, un nuevo régimen de seguros. -
SANCIÓN DE LA LEY Nº 19.550
incorpora al viejo código de comercio, un nuevo régimen sobre sociedades. -
SANCIÓN DE LAS LEYES Nº 20.094 Y 20.266
La Ley 20.094 incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 incorpora un nuevo régimen para los martilleros. -
SANCIÓN DE LAS LEYES Nº 24.452 Y 24.522
La Ley 24.452 incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras. -
SANCIÓN DE LA LEY Nº 26.579
Entre otras cosas, se modifica la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años. -
NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL
Se Promulga el nuevo código civil y comercial de la Republica Argentina. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado en argentina y es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país, como también es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.