Los litigios comerciales se juzgan primero por la Audiencia de Charcas y luego por la de Buenos Aires
Siglo XVIII se crea la aduana de Buenos Aires
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CONSULADO DE COMERCIO DE BUENOS AIRES
Tribunal de asuntos comerciales
Tendencia europea de separar la jurisdicciòn civil de la mercantil
Funciòn judicial y administrativa-> se ocupaba de los juicios mercantiles, los problemas de la policia de comercio y de establecer el orden
Normas aplicables-> Ordenanzas de Bilbao y Reales de Castilla, asi como tambièn las Leyes de Indias
Conformado por -> un prior, dos consules, nueve consiliarios, un sindico, secretario, contador y tesorero
Se aplicò hasta 1859
POST REVOLUCION DE 1810
Creación de la Asamblea del año 1813
Matriculas para comerciantes nacionales
Se constituyen normas sobre las consignaciones
Hay nombramientos de contadores peritos para los litigios comerciales
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PERIODO 1821-1822
En 1821 se crea la Bolsa Mercantil -> Se instala en 1822 y tuvo un funcionamiento breve.
Se dicta en el mismo año la Ley de Corredores y Martilleros.
En 1822 por inspiracion de Rivadavia se dictan 3 decretos:
Actos de comercio
Causa de comercio
Alzada de comercio
DECRETO DE ROSAS
El decreto suprime el consurso de acreedores, el cual es derogado años mas tarde en 1858
PRINCIPALES REFORMAS DEL CÓDIGO DE COMERCIO
1° Gran reforma del Código de Comercio de 1962.
Modificaciones:
1) Valor de usos y costumbres como fuente de derechos.
2) Suprime el requisito de la matricula para adquirir la calidad de comerciante.
3) Cambios de reglamentación en: Corredores, Empresas de transporte, Derecho maritimo, Sociedades, Bolsas, Compra-venta, Fianza, Letras de cambio, Quiebras, Cheques
-4) Ajuste de contratos mutuos, de deposito y prenda, quita de material civil, y la causa principal en la sanción del CC.
SANCIÓN DECRETO-LEY 5965/63
Incorpora nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
SANCIÓN LEY N° 17.418
Incorporea nuevo régimen de seguros
SANCIÓN LEY N° 19.550
Nuevo régimen de sociedades
SANCIÓN LEY N° 20.094
Régimen para la navegación.
Ley 20.266 -> incorpora el régimen para los martilleros
SANCIÓN LEY N° 24.452
Nuevo régimen de cheques
Nuevo régimen de concursos y quiebras
SANCIÓN LEY N° 26.579
Modifica la edad para adquirir la mayoria de edad, pasa de 21 a 18 años
VIGENCIA DEL NUEVO CÓDICO CIVIL Y COMERCIAL
Agosto del 2015 se realiza la reforma del Código de Comercio, este es derogado y comienza a regir el CCyC de la Nación.
Finaliza el proceso de unificacion del derecho privado en Argentina.
Actualmente se encuentra vigente, y es la principal fuente de derecho comercial.
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PANORAMA ACTUAL DEL DERECHO COMERCIAL EN ARGENTINA
Código de Comercio de 1962 derogado, y la Ley N° 26.994 sanciona nuevo CCyC, y reforma la Ley de Sociedades.
*Nuevo CCyC no dedica capitulo especial al comercio, empresario y empresa, ni tampoco refiere al acto de comercio, comerciante, obligaciones comerciales, agentes auxiliares de comercio ni jurisdicción mercantil.
Considera personas, las unifica y las clasifica como "humanas" o "juridicas", y no diferencia sujetos comerciantes ni civiles.
** CONTINUA
Continuación del panorama actual
No hay direfencia entre contraros civiles y comerciales.
No existe sociedad civil ni comercial.
No subsiste el registro público de comercio, la materia comercial subsiste en su configuración normativa con contenidos diferenciados y sus finalidades.