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ANTECEDENTES COLONIALES
- Craciòn del Consulado de Buenos Aires
- Aplicaciòn de Ordenanzas de Bilbao del año 1737
- Se regula el comercio terrestre y maritimo
- Los litigios comerciales se juzgan primero por la Audiencia de Charcas y luego por la de Buenos Aires
- Siglo XVIII se crea la aduana de Buenos Aires
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CONSULADO DE COMERCIO DE BUENOS AIRES
- Tribunal de asuntos comerciales
- Tendencia europea de separar la jurisdicciòn civil de la mercantil
- Funciòn judicial y administrativa-> se ocupaba de los juicios mercantiles, los problemas de la policia de comercio y de establecer el orden
- Normas aplicables-> Ordenanzas de Bilbao y Reales de Castilla, asi como tambièn las Leyes de Indias
- Conformado por -> un prior, dos consules, nueve consiliarios, un sindico, secretario, contador y tesorero
- Se aplicò hasta 1859
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POST REVOLUCION DE 1810
- Creación de la Asamblea del año 1813
- Matriculas para comerciantes nacionales
- Se constituyen normas sobre las consignaciones
- Hay nombramientos de contadores peritos para los litigios comerciales
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PERIODO 1821-1822
- En 1821 se crea la Bolsa Mercantil -> Se instala en 1822 y tuvo un funcionamiento breve.
- Se dicta en el mismo año la Ley de Corredores y Martilleros.
- En 1822 por inspiracion de Rivadavia se dictan 3 decretos:
- Actos de comercio
- Causa de comercio
- Alzada de comercio
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DECRETO DE ROSAS
- El decreto suprime el consurso de acreedores, el cual es derogado años mas tarde en 1858
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PRINCIPALES REFORMAS DEL CÓDIGO DE COMERCIO
- 1° Gran reforma del Código de Comercio de 1962.
- Modificaciones:
- 1) Valor de usos y costumbres como fuente de derechos.
- 2) Suprime el requisito de la matricula para adquirir la calidad de comerciante.
- 3) Cambios de reglamentación en: Corredores, Empresas de transporte, Derecho maritimo, Sociedades, Bolsas, Compra-venta, Fianza, Letras de cambio, Quiebras, Cheques -4) Ajuste de contratos mutuos, de deposito y prenda, quita de material civil, y la causa principal en la sanción del CC.
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SANCIÓN DECRETO-LEY 5965/63
- Incorpora nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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SANCIÓN LEY N° 17.418
- Incorporea nuevo régimen de seguros
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SANCIÓN LEY N° 19.550
- Nuevo régimen de sociedades
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SANCIÓN LEY N° 20.094
- Régimen para la navegación.
- Ley 20.266 -> incorpora el régimen para los martilleros
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SANCIÓN LEY N° 24.452
- Nuevo régimen de cheques
- Nuevo régimen de concursos y quiebras
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SANCIÓN LEY N° 26.579
- Modifica la edad para adquirir la mayoria de edad, pasa de 21 a 18 años
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VIGENCIA DEL NUEVO CÓDICO CIVIL Y COMERCIAL
- Agosto del 2015 se realiza la reforma del Código de Comercio, este es derogado y comienza a regir el CCyC de la Nación.
- Finaliza el proceso de unificacion del derecho privado en Argentina.
- Actualmente se encuentra vigente, y es la principal fuente de derecho comercial.
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PANORAMA ACTUAL DEL DERECHO COMERCIAL EN ARGENTINA
- Código de Comercio de 1962 derogado, y la Ley N° 26.994 sanciona nuevo CCyC, y reforma la Ley de Sociedades. *Nuevo CCyC no dedica capitulo especial al comercio, empresario y empresa, ni tampoco refiere al acto de comercio, comerciante, obligaciones comerciales, agentes auxiliares de comercio ni jurisdicción mercantil.
- Considera personas, las unifica y las clasifica como "humanas" o "juridicas", y no diferencia sujetos comerciantes ni civiles. ** CONTINUA
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Continuación del panorama actual
- No hay direfencia entre contraros civiles y comerciales.
- No existe sociedad civil ni comercial.
- No subsiste el registro público de comercio, la materia comercial subsiste en su configuración normativa con contenidos diferenciados y sus finalidades.