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Primera Etapa
La Administración Pública se transforma para acatar la administración y gestión de los diferentes recursos a cargo del Estado
Se establecen cuatro ministerios: Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios
Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra. -
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos
La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos se establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo 117. -
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos
Se facultó al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios. -
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos
Venustiano Carranza creó secretarías, y departamentos, y, siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado. -
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana
Los encargados del poder ejecutivo, se vieron en la necesidad de crear, modificar o quitar algunas secretarías, esto con el fin de adaptarse y satisfacer las necesidades políticas, sociales y económicas lo que dio como resultado la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana que a venido a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos. -
Programa de Administración Pública (1995-2000)
Objetivos: a) transformar la Administración Pública en una organización eficaz, eficiente y con cultura de servicio; b) combatir la corrupción y la impunidad. Las acciones de modernización implementadas durante este período permitieron sentar las bases de nuevos valores y conductas de la administración moderna en las instituciones públicas. -
Reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo
Federal; encargada de:
- Dar apoyo técnico jurídico al Presidente de la República.
- Dar opinión al Presidente de la República sobre los tratados a celebrar con otros
países y organismos internacionales.
- Revisar los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos, nombramientos, resoluciones
presidenciales.
- Coordinar los programas de normatividad jurídica de la Administración Pública Federal que
apruebe el Presidente de la República. -
Reforzamiento de la Administración Pública.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de la Función Pública, determinaron una estrategia para reforzar el marco normativo interno de cada institución y, al mismo tiempo, homologar los procesos y la eficiencia de la Administración Pública Federal, por lo que se elaboran los llamados Manuales Administrativos de Aplicación General. -
Decreto de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Título Primero, Capítulo único, artículo 1°: “La Oficina de la Presidencia de la República, las Secretarías
de Estado, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los Órganos Reguladores Coordinados integran
la Administración Centralizada. Los organismos descentralizados, empresas de participación
estatal, instituciones nacionales de crédito, organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las
instituciones nacionales de seguros y de fianzas y los fideicomisos, componen la paraestatal.