Actividad 1. Línea de Tiempo del Derecho Procesal Mercantil_ María Carolina Nájera López 201864305
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1519
EL DERECHO PROCESAL MERCANTIL EN LA NUEVA ESPAÑA 1519
El consulado de la ciudad de México (1592) tuvo una gran importancia en la formación del derecho Mercantil en esta etapa. Al principio fue regido por las ordenanzas de Burgos y Sevilla, pero en 1604 fueron aprobadas por Felipe III las ordenanzas del Consulado de la Universidad de Mercaderes de la Nueva España. -
ORDENANZAS DE BILBAO
Los Juicios Mercantiles se rigieron por las ordenanzas de BILBOA que estuvieron vigentes hasta 1854. -
EL PROCESO MERCANTIL EN EL MÉXICO INDEPENDIENTE 1821
Desde que México logra ser un país independiente en 1821, ha tenido su propia regulación procesal en materia mercantil, ya que los juicios mercantiles se rigieron por las Ordenanzas de Bilbao. -
OTORGAN JURISDICCIÓN DE LOS JUECES DE LETRAS
En 1824 se suprimen los consulados y se entrega jurisdicción mercantil a los jueces de letras, quienes fueron asesorados por los comerciantes. -
CÓDIGO DE COMERCIO ESPAÑOL 1829
Formado de 1219 articulo. Regulaban los Juicios Mercantiles. Así como daba al comercio un sistema de legislación uniforme y fundado sobre los principios inalterables de la justicia y las reglas seguras de la convivencia del comercio. -
LEY DE ENJUICIAMIENTO DE 1830
Ley de Enjuiciamiento sobre los negocios y causas de comercio. Decretada, sancionada y promulgada en el 24 de Julio de 18301830. -
CÓDIGO LARES 1854
conocido como el primer Código de Comercio, se dictó el 16 de marzo de 1854, por Teodosio Lares. Regulaba lo relativo a la administración de justicia en los negocios de comercio, mostrando la influencia de las referidas legislaciones españolas. -
LEY DE JUÁREZ 1855
Ley Juárez también conocida como Ley de Administración de Justicia y Orgánica de los Tribunales de la Nación, del Distrito y Territorios, promulgada en México el 23 de noviembre de 1855. Esta ley derogo El Código Lares. Retomaron la aplicación de las Ordenanzas de Bilbao. -
CÓDIGO DE COMERCIO DE 1884
Este Código previó que los juicios mercantiles se seguirían conforme a lo dispuesto en las leyes y códigos de procedimientos civiles, con las modificaciones previstas en ese ordenamiento -
CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL Y TERRITORIOS FEDERALES DE 1884
calificándosele de ser una copia mutilada del código de comercio, en virtud de que en el Libro V se regulan los juicios mercantiles, pero dejándose infinidad de lagunas que debieran suplirse, según el mismo código, con los ordenamientos procesales locales. -
CÓDIGO DE COMERCIO DE 1889
Actual código de comercio. Se promulgo el 15 de Septiembre de 1889, entrando en vigor el 1° de enero de 1890, comprendió toda la materia mercantil. -
REFORMA AL CÓDIGO DE COMERCIO 1989
El proceso mercantil regulado en el Código de 1889
permaneció intocado hasta la reforma de 4 de enero de 1989, donde se reformaron múltiples disposiciones procesales contenidas en el Libro Quinto del Código de Comercio. -
REFORMA AL CÓDIGO DE COMERCIO 1996
Con esta reforma se intentó regular más a detalle los principales actos procesales, reduciéndose el margen de supletoriedad que hasta ese momento seguía en manos de los códigos procesales de cada una de las entidades de la federación. -
REFORMA 28 DEL CÓDIGO DE COMERCIO. DOF 13-06-2003
Cambia el régimen de supletoriedad, de los códigos procesales civiles locales al Código Federal de Procedimientos Civiles, destacando que en el segundo párrafo del artículo único transitorio de dicho decreto, se dice que tal cambio o reforma no será aplicable “a los créditos contratados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del mismo, ni aún tratándose de novación o reestructuración de créditos". -
DECRETO 2008
Reformó, entre otros, el artículo 1054 del Código de Comercio, incluyendo nuevamente a “la ley de procedimientos local respectiva” como supletoria, después de aplicar el Código Federal de Procedimientos Civiles. -
REFORMA DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES 2008
Se reformar el código Federal de Procedimientos Civiles, con la
finalidad de dejar claro, que después de acudir a la legislación procesal civil federal, se acudirá a la local, siempre y cuando la primera de ellas no regule suficientemente la institución cuya supletoriedad se requiera. -
COMPETENCIA CONCURRENTE 2011
Prevista en la fracción II del artículo 104 constitucional, reformado el 6 de junio de 2011 (antes era la fracción I), al prescribir que en las controversias del orden civil o mercantil “a elección del actor y cuando sólo se afecten intereses particulares, podrán conocer de
ellas, los jueces y tribunales del orden común". -
REFORMA 2017 DEL CÓDIGO DE COMERCIO
Decreto por el que se reforma el artículo 35, fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 90 Bis, 91 y 92 del Código de Comercio. -
REFORMA 2018 DEL CÓDIGO DE COMERCIO
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de Juicios Orales Mercantiles.