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1728 BCE
Código de Hammurabi
El antecedente más antiguo del que se tiene evidencia de la existencia de la justicia penal es sin duda el código creado por el rey de Babilonia, Hammurabi. Este código fue elaborado alrededor del año 1728 a. C.; La importancia de este código radica en el establecimiento de la venganza privada, también llamada venganza de sangre, que se refiere a que quien sufría un ataque injusto, ya fuera el ofendido o su familia, tenía el derecho de provocar al ofensor un daño similar al recibido. -
1728 BCE
La Composición
Además de la Ley del Talión aparece como otra limitación de la venganza privada “La composición” a través de la cual el ofensor o su familia entregaba al ofendido y los suyos cierta cantidad para que estos no ejercitaran el derecho de venganza -
1728 BCE
Ley del Talión
La ley del talión, también conocida como « ojo por ojo, diente por diente «, establece que la pena impuesta a un delincuente debe ser equivalente al daño causado. En otras palabras, si alguien le arranca el ojo a otro, la pena será que también le arranquen el ojo al agresor. -
Period: 1728 BCE to 1200
Venganza privada
Conocida por algunos autores como “venganza de sangre” o “época bárbara” ya que el actuar de las personas fue impulsado por un sentimiento de defensa o de la venganza ante las actividades provocadas por un acto que se considera injusto por la ausencia de una protección adecuada, lo que induce a que cada familia, grupo o persona se proteja y haga justicia por sí misma. Esto se dio en los inicios de los pueblos y en las tribus antes de que se constituyera el Estado, y se mantuvo hasta el siglo XII -
Period: 1728 BCE to 1400
Venganza divina
Justicia represiva impuesta por la clase sacerdotal, característica de muchos pueblos antiguos y de la cultura hebrea; sociedades organizadas teocráticamente, los problemas se proyectan hacia la divinidad, todo sucede por la voluntad de Dios. Se consideraba que el delito era causa de molestia de los dioses, los jueces juzgaban por la ofensa cometida en contra de la divinidad, la pena era para calmar la ira de los dioses y lograr el perdón para el resto de la comunidad. -
450 BCE
La Ley de las XII Tablas
La Ley de las Doce Tablas establecía claramente la represión de los delitos y la imposición de las penas. Ejemplo de ello es que se permitiera en algunos delitos la venganza privada y la Ley del Talión. contiene dos principios la ley del Talión y la de la composición. -
300 BCE
Leyes de Manu
No hay ley del Talión, pero si venganza divina. -
Period: 224 to 651
Origen del Avesta
Libro persa que con la ley del Talión establece las primeras limitantes en la venganza. -
Period: 250 to 1521
Derecho Precortesiano
Hay pocos datos sobre el Derecho Penal anterior a la llegada de los conquistadores; indudablemente los distintos reinos y señoríos pobladores de lo que ahora es nuestra patria, poseyeron reglamentaciones sobre la materia penal. Como no existía unidad política entre los diversos núcleos aborígenes, resulta más correcto aludir únicamente al Derecho de tres de los pueblos principales encontrados por los europeos poco después del descubrimiento de América: el maya, el tarasco y el azteca. -
405
La Biblia
En el año 405 fue enviada por el papa Inocencio I al obispo Exuperio de Tolosa (en la Galia, hoy Francia), donde aparece el canon bíblico con los 73 libros ya existentes. En los libros del Pentateuco y Levítico se hallan los orígenes de la justicia hebraica de esencia taliónica; El Éxodo muestra "Ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, quemadura por quemadura, herida por herida, golpe por golpe". -
1184
Inquisición
En esta etapa es donde aparecieron las leyes más crueles y severas, y se castigaba con extremada
dureza todo tipo de crímenes incluyendo los delitos de magia y hechicería, los cuales se juzgaban en tribunales especiales que se caracterizaban por lo inhumano de sus juzgadores; ejemplo de ello es lo que sucedía en la Inquisición y todos los instrumentos de tortura que se construyeron en este período. -
Period: 1400 to
Venganza Pública
Conforme la figura del Estado se fue consolidando, se empezó a realizar una distinción entre los delitos públicos y privados determinados por la lesión que se producía en los intereses de los particulares o el orden público. Una característica importante es que se establecieron tribunales que juzgaban en nombre de la colectividad y, para protección de la misma, se imponían penas cada vez más severas. Tuvo su momento más importante del siglo XV al XVIII. -
1521
Aztecas
Se sabe que realizaron avances en materia jurídica, reconocidos actualmente en nuestra legislación. tal es el caso de la distinción entre delitos dolosos y culposos, situaciones atenuantes y agravantes de la pena, las excluyentes de responsabilidad, la acumulación de sanciones, la reincidencia, el indulto y la amnistía. -
1521
Mayas
El Derecho Maya era totalmente consuetudinario (no escrito), por lo que se resolvía caso por caso de acuerdo a la gravedad de cada uno. Asimismo, se conoce que su procedimiento penal era uni-instancial (es decir, no existía la apelación) y los jueces, batab, decidían ejecutoriamente la sentencia, que concretaban los tupiles quienes fungían como policías. -
Period: 1521 to
Derecho Penal Colonial (México)
La conquista puso en contacto al pueblo español con el grupo de razas aborígenes; los integrantes de éstas fueron los siervos y los europeos los amos, por más que en la legislación escrita, como dice don Miguel S. Macedo," se declarara a los indios hombres libres y se les dejara abierto el camino de su emancipación y elevación social por medio del trabajo, el estudio y la virtud. -
Teoría de los delitos y las penas.
César Bonesana, marqués de Beccaria, publicó de manera anónima y fuera de su natal Milán por
miedo a represalias su obra Teoría de los delitos y las penas. Beccaria está considerado como el artífice de la humanización del Derecho Penal. Su obra propició un cambio radical: desde las épocas bárbaras del Derecho Penal Antiguo hacia la época humanista que da principio al Derecho Penal Moderno. Este fue un salto muy grande en las ideas jurídicas probablemente de la historia en tan corto tiempo. -
Montesquieu, D’Alembert, Voltaire, Rousseau
Grandes pensadores de la época que contribuyeron con sus ideas al logro del cambio, como Montesquieu, D’Alembert, Voltaire, Rousseau, entre otros. -
Beneficios de Teoría de los delitos y las penas
La influencia del libro de BECCARIA se tradujo en notables reformas en la legislación penal, entre ellas la abolición, en muchos casos, de la pena capital y de la tortura; consagró la proporcionalidad de la pena a la gravedad de los delitos; limitó los poderes del juez y, en lo posible, hizo más expedita la justicia. -
Period: to
Periodo Humanitario
Surge a raíz de que se empieza a poner atención en desterrar concepciones caracterizadas por la brutalidad y la crueldad. Su principal exponente es Cesar Beccaria, quien en su obra "De los Delitos y las Penas" critica el sistema de impartición de justicia y demuestra que el excesivo sistema represivo de su tiempo no lograba los pretendidos fines de seguridad y readaptación social, y menos aún el efecto preventivo que debía tener el Derecho Penal. -
Period: to
Periodo Científico
A partir de BECCARIA, a quien algunos señalan como un clásico, inició el auge en Europa el estudio del Derecho penal en la que surge el principio "nullum crime sine lege, nulla poena sine lege" (no hay crimen sin ley, y no hay pena sin ley). Se establece que la pena tiene un carácter intimidatorio, y por lo tanto su fin es la prevención del delito; así como el planteamiento del delito como una estructura integrada por elementos fundamentales o esenciales. -
se publica "El Estado de la Prisiones"
Por otro lado, John Howard instauró un valioso aporte humanista y penitenciario a través de su obra “El Estado de las Prisiones” publicada en 1777 -
Génesis del Derecho penal
Giandoménico ROMAGNOSI, quien muere en el año de 1835, es el autor de varias obras, entre las que
descuella su Génesis del Derecho penal (1791), en la cual hace un estudio sistemático de las materias penales,
ocupándose ampliamente de la imputabilidad, del daño y dela pena. -
México Independiente
Morelos decretó, en su cuartel general del Agua
catillo, la abolición de la esclavitud. queda una legislación fragmentaria y dispersa, motivada
por los tipos de delincuentes que llegaban a constituir problemas políticos, pero ningún intento de formación de un orden jurídico total; hay atisbos de humanitarismo en algunas penas, pero se prodiga la de muerte como arma de lucha contra los
enemigos políticos. -
La Constitución de 1824 (México)
La Constitución de 1824 adoptó el sistema federal y con ello dio inicio la vida del Estado Mexicano, la nación. -
Giovanni CARMIGNANI
Giovanni CARMIGNANI, autor de los Elementos de Derecho Penal, así como de la Teoría della leggi della sicurezza sociale, publicada en 1831, pretendió que la pena política encuentra su fin en la defensa, mediante la intimidación, para evitar delitos futuros. “El derecho de castigar –expone CARMIGNANI-, es un derecho de necesidad política”, en tanto el objeto de la imputación no es la venganza por el delito cometido sino prevenir la comisión de delitos semejantes. -
La codificación Penal (México)
La primera codificación en la República en materia penal se expidió en el Estado de Veracruz, por Decreto de 8 de abril de 1835; el Proyecto había
sido elaborado desde 1832. Esto prueba que fue el Estado de Veracruz; la Entidad que primeramente contó con un código penal local, -
Código Penal para el Estado de Veracruz
Primeros Códigos en México. Es común la opinión en el sentido de que el primer código represivo es el veracruzano de 5 de mayo de 1869, pero como se ha visto, lo fue el de 1835. -
Código Penal de 1871 (México)
Primeros Códigos en México, conocido como Código Martínez de Castro. Vigente hasta 1929. -
Época contemporánea del Derecho Penal en México
Sistema inquisitivo-mixto, Este sistema entra en vigor en México en el marco de la promulgación de la nueva Constitución de 1917, producto de los debates tratados sobre las distintas materias vinculadas con la nueva Carta Magna. -
Código Penal de 1929 (México)
Primeros Códigos en México, conocido como Código Almaraz. Vigente hasta 1931. Destacan la supresión de la pena capital y la elasticidad para la aplicación de las sanciones, ya que se establecieron mínimos y
máximos para cada delito. -
Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal
Con la aparición del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, se establecen las fases de su procedimiento penal y la creación del Ministerio Público como institución encargada de la investigación y persecución de los delitos, por lo que ésta detentaba el monopolio del ejercicio de la acción penal. Se separa la policía investigadora del Poder Judicial, colocándosele al mando del Ministerio Público. Este sistema estuvo vigente hasta el 18 de junio de 2018. -
Código Penal de 1931 (México)
Primeros Códigos en México. (17 de septiembre de 1931) entró en vigor el que rige en la actualidad con el nombre de "Código Pena para el Distrito y Territorios Federales en Materia de Fuero Común y' para toda la República en Materia de Fuero Federal"." -
Sistema acusatorio y oral en México
El 18 de junio de 2008, el Constituyente aprueba una reforma en materia penal, que representa un parteaguas en el sistema de procuración e impartición de justicia, pues rompe con los paradigmas previamente establecidos en México. Las principales características de esta reforma son la reparación del daño causado, el respeto al debido proceso, la igualdad de las partes, entre otros.