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1831 BCE
Reforma de 1831
Fue aprobada por el Mariscal Andrés de Santa Cruz y Calahumana. Incorpora en la división territorial a las provincias Litoral y de Tarija, y divide los poderes en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Incorpora el bicamaralismo (representantes y senadores), la elección del Presidente por un período de cuatro años, pudiendo ser reelecto. -
Reforma de 1834
Fue promulgada también por el Mariscal Andrés de Santa Cruz y Calahumana. Ratifica que la “nación boliviana es para siempre libre e independiente”. No establece cambios significativos, pero establece que cada dos años, el 6 de agosto, se reunirá el Congreso bicamaral en la capital de la república. No se menciona al Poder Electoral. -
Reforma de 1839
Rige la Constitución Política del Estado y en el inicio reafirma el Congreso Constituyente de Bolívar y establece una posición contraria al proyecto “de la supuesta Confederación Perú Boliviana”, que propugnó el Mariscal Andrés de Santa Cruz y Calahumana en octubre de 1836. -
Reforma de 1843
Fue aprobada en el gobierno de José Ballivián. Bolivia comprende los departamentos de Chuquisaca, Potosí, Paz de Ayacucho, Santa Cruz, Cochabamba, Oruro, Tarija, Beni y distrito Litoral de Cobija. Establece que la gestión del Presidente durará ocho años, “contados desde el día en que tome posesión, no pudiendo ser reelegido hasta que haya pasado un periodo constitucional”. -
Reforma de 1851
Aprobada en el gobierno de Manuel Isidoro Belzu. Establece que la enseñanza es libre, sujeta solamente a las condiciones de capacidad y moralidad. Establece que el Presidente de la república ejercerá funciones por cinco años y no podrá ser reelecto sino después del intervalo de cinco años -
Reforma de 1861
Aprobada en el gobierno de José María Achá Valiente. Anula la pena de muerte con excepciones en casos de asesinato, parricidio y traición a la Patria. El período constitucional del Presidente será de tres años no pudiendo ser reelecto, sino pasado un periodo. Establece que el Poder Legislativo se ejerce por una Asamblea formada por diputados (unicamaral) -
Reforma de 1868
Aprobada en el Gobierno de Mariano Melgarejo. Retoma la cámara de representantes y de senadores. El período constitucional del Presidente durará cuatro años, con derecho a reelección por otro periodo. -
Reforma de 1871
Aprobada durante el gobierno de Agustín Morales Hernández. Determina la anulación de la esclavitud y que “todo esclavo que pise el territorio boliviano es libre”. Retoma la Asamblea como Poder Legislativo, constituido por diputados. Fija que el Presidente durará cuatro años y no podrá ser reelecto sino pasado un período. Abole la pena de muerte con excepciones en casos de asesinato, parricidio o traición a la Patria -
Reforma de 1878
Promulgada por el presidente Hilarión Daza. Separa el concepto de ciudadanía. Suprime el Consejo de Estado y fija los alcances del Régimen Municipal con las instalaciones de concejos en capitales de departamento y provincias. Elimina la potestad para cada boliviano de portar armar. -
Reforma de 1880
Aprobada en el gobierno de Narciso Campero. Reconoce a la religión católica, apostólica, romana, pero permite el ejercicio público de todo otro culto. Incorpora dos cámaras en el Legislativo, de Senadores y de Diputados. -
Reforma de 1938
Aprobada durante el gobierno de Germán Busch. Fija un período de cuatro años para el Presidente de forma “improrrogable”. Podrán ser reelegidos pasado un mandato constitucional. Reivindica el “dominio originario del Estado” sobre “todas las sustancias del reino mineral, las tierras baldías con todas sus riquezas naturales, las aguas lacustres, fluviales y medicinales, así como todas las fuerzas físicas susceptibles de aprovechamiento económico”. -
Reforma de 1945 (voto de la mujer)
Durante el gobierno de Gualberto Villarroel son aprobadas nuevas reformas constitucionales. Define que la gestión del Presidente y el Vicepresidente de la República es de seis años improrrogables. En “la formación de las municipalidades se reconoce el derecho de elección y elegibilidad a la mujer boliviana”. -
Reforma de 1947
Aprobada en el gobierno de Mamerto Urriolagoitia. Reduce el mandato del Presidente a cuatro años y mantiene el voto de la mujer en elecciones municipales. -
Reforma de 1967
Aprobada por el general René Barrientos, establece que el mandato presidencial es de cinco años, es posible la reelección transcurrido un período de
gobierno. Establece que el Congreso Nacional se reunirá ordinariamente cada año en la capital de la república, el día 6 de agosto. Prohíbe que las funciones del poder público, legislativo, ejecutivo y judicial sean reunidas en el mismo órgano. -
Reforma de 1994
Aprobada por el gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada. Establece el carácter multiétnico y pluricultural en una República unitaria, adopta para su gobierno la forma democrática representativa, fundada en la unidad y la solidaridad de todos los bolivianos. Establece el Tribunal Constitucional, Consejo de la Judicatura y el Defensor del Pueblo