Antecedentes

Antecedentes del Derecho Comercial en Argentina

  • Jan 1, 1503

    Casa de Contratación de Sevilla

    Casa de Contratación de Sevilla
    organismo creado para regular y controlar el comercio en las Indias. En materia comercial en el Virreinato del Río de la Plata regían las disposiciones contenidas en el Libro IX de las leyes de Indias (normas creadas especialmente para las colonias americanas) y supletoriamente las Leyes de Castilla
  • Real Audiencia de Buenos Aires

    Real Audiencia de Buenos Aires
    se creó la primera Real Audiencia de Buenos Aires para proteger el territorio del Río de La Plata, interferido en el contrabando, y defender los intereses de los comerciantes perjudicados, que mediante impuestos y contribuciones sostenían a la Corona. Esta audiencia duro pocos años (1672), restituyéndose nuevamente la Audiencia de Charcas como órgano de control.
  • Creación del Consulado de Buenos Aires

    Creación del Consulado de Buenos Aires
    se creaba por real cédula 30-I-1794 el Consulado de Comercio de Buenos Aires y se comienzan a aplicar las Ordenanzas de Bilbao de 1737; el Consulado formado por un pior, dos cónsules, nueve consiliarios un síndico, un secretario, un contador y un tesorero; tenía funciones jurisdiccionales y administrativas con un orden de prelación: 1) Ordenanzas de Bilbao, 2) Leyes de Indias y 3) Ordenanzas reales de Castilla. Este régimen jurídico se aplicó hasta 1859.
  • Asamblea del Año XIII

    Asamblea del Año XIII
    durante la misma, se creó la matrícula para Comerciantes Nacionales; normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos para litigios comerciales.
  • Creación de la Bolsa Mercantil

    Creación de la Bolsa Mercantil
    se creó la Bolsa Mercantil que fue instalada en 1822 y funcionó por un breve lapso, también se dictó la ley de reglamentaria de la actividad de corredores y martilleros.
  • Decretos inspirados por Rivadavia

    Decretos inspirados por Rivadavia
    Rivadavia promovió el dictado de decretos sobre actos de comercio, sobre litigios comerciales y recursos de alzada.
  • Decretos de Rosas

    Decretos de Rosas
    Rosas mediante un decreto suprimió los concursos de acreedores, siendo este derogado en 1858.
  • Constitución de la República Argentina

    Constitución de la República Argentina
    se sanciona la Constitución Nacional Argentina, quien en su articulo 24 imponía al Congreso la reforma de la legislación en todas sus ramas, y atribuía la facultad de dictar entre otros, el Código de Comercio, la Ley de Bancarrota y regular el comercio marítimo y terrestre con las naciones extranjera y entre las provincias Art 67 inc. 11 y 12.
  • Código de Comercio de Bs. As.

    el Estado de Buenos Aires separado de la Confederación Argentina, encomendó al jurista Eduardo Acevedo proyectar un Código de Comercio, quien en colaboración con Dalmacio Vélez Sarsfield y basados en los Códigos de Brasil, España y Holanda e inspirados por los Códigos de Francia y Portugal logran su redacción, quedando aprobado en 1859 con promulgación en 1860 “Código de Comercio del Estado de Buenos Aires”.
  • Nacionalización del Código de Comercio

    Nacionalización del Código de Comercio
    se reincorpora el Estado de Buenos Aires a la Confederación Argentina y el Congreso Nacional adopta su Código de Comercio para toda la Nación.
  • Código Civil

    Código Civil
    se sancionó el Código Civil, lo que conlleva a una reforma necesaria del Código de Comercio a fin de eliminar aquellos aspectos referidos al Derecho común.
  • Reforma del Código de Comercio

    Reforma del Código de Comercio
    sus principales modificaciones fueron: 1)_ el valor de los usos y costumbres como fuente del derecho; 2)_ se elimina el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante; 3)_ cambios en las normas sobre: corredores, empresa de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letra de cambio, cheque, derecho marítimo, quiebras; 4)_se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda suprimiendo lo que se consideraba civil.
  • Decreto Ley 5.965

    Decreto Ley 5.965
    se sanciona el decreto-ley 5.965/63, que incorpora al Código de Comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio, pagarés.
  • Ley 17.418

    Ley 17.418
    se sanciona la Ley 17.418 estableciendo un nuevo régimen de seguros.
  • Ley 19.550

    Ley 19.550
    se sanciona la Ley 19.550 incorporando un régimen sobre sociedades.
  • Ley 20.094

    Ley 20.094
    Se sanciona la Ley 20.094 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
  • Intento de unificación C.C.

    Intento de unificación C.C.
    la Cámara de Diputados designa una comisión encargada del Proyecto de Unificación Legislativa Civil y Comercial, el proyecto fue elaborado en 1.987, aprobado en 1.991 y vetado por el decreto 2.719 el mismo año.
  • Ley 24.240

    Ley 24.240
    se sanciona la Ley 24.240 “Defensa al consumidor” con el objeto de proteger los intereses de los consumidores y/o usuarios.
  • Ley 24.452 y Ley 24.522

    Ley 24.452 y Ley 24.522
    se sanciona la Ley 24.452, que incorpora al Código de Comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 con reglamentación sobre los concursos y quiebras.
  • Ley 26.579

    Ley 26.579
    se sanciona la Ley 26.579 que modifica entre otras cosas, la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
  • Comisión de Reforma, Actualización y Unificación C.C.

    mediante el Decreto 191/2011, se creó la “Comisión para la elaboración del proyecto de ley de reforma, actualización y unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación”.
  • Anteproyecto

    el poder ejecutivo presenta ante la sociedad el “Anteproyecto del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación” con un total de 2.671 artículos.
  • Aprobación del nuevo C.C.C.N

    mediante ley 26.994 es aprobado el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
  • Entra en vigencia el nuevo C.C.C.N.

    Entra en vigencia el nuevo C.C.C.N.
    a partir del 1° de agosto entra en vigencia el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación mediante Ley 27.077, derogando el viejo Código de Comercio y el Código Civil.