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Marco Legal Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. Flor Esperanza Acosta Bergaño. Cajicá-Cundinamarca.

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    Linea de tiempo marco legal Farmacovigilancia y Tecnovigilancia.

    Abarca la normatividad desde 1993 hasta la fecha actual.
  • Decreto 2229

    Decreto 2229
    Contiene 10 artículos en los que se dan instrucciones precisas sobre la producción, licencias, concentración, rotulados, insumos de todos los productos terminados para las bebidas hidratantes-energéticas. Su reacción, eficacia en el cuerpo humano, factores que son confiables o perjudiciales. Deben cumplir con unos requisitos fundamentales en sus concentraciones y se permiten adiciones a éstos productos sin alterar su funcionalidad. Se pueden adquirir en venta libre en cualquier establecimiento.
  • Resolución 2511

    Resolución 2511
    Se adopta un manual con normas técnicas altas de calidad par los insumos y productos cosméticos, materiales quirúrgicos. Deroga la resolución 2077 de 4 de Abril de 1994. Expedido por el Ministerio de Salud. Dicho manual hace valer la responsabilidad y el compromiso de realizar una labor exhaustiva y meticulosa en los procesos de búsqueda en los más altos estándares de calidad, otorgando seguridad y confiabilidad en el producto terminado para su comercialización en los diferentes puntos de venta.
  • Ley 232

    Ley 232
    Se dictan normas para los establecimientos comerciales, documentos y requerimientos exigidos por ente territorial para todos los establecimientos de comercio, funcionamiento, sanciones por el incumplimiento y si es reiterativo ordenar el cierre definitivo del establecimiento. Vigilar los productos que se expenden en éstos lugares si afectan la salud de los consumidores, detectar posibles casos de anomalías en lo concerniente a la venta y comercialización e ingesta indebida de productos alterados
  • Resolución 901

    Resolución 901
    Se dictan procesos específicos para donación de sangre por parte de cada individuo, el estar informado del procedimiento que se le va a practicar al donante, sus beneficios y riesgos al que se expone. Brindar una atención clara y precisa junto a los insumos hospitalarios utilizados en el proceso con los más altos estándares de calidad para ofrecer confianza y seguridad sin que haya algún tipo de contagio, cumpliendo con las normas de bioseguridad tanto para el donante como para el profesional.
  • Acuerdo 51

    Acuerdo 51
    Se forma un comité técnico de medicamentos y sus correspondientes funciones en el campo farmacéutico. En sus artículos se dictan labores precisas para éste comité, tales como su constitución, sustituciones por inasistencias, deberes y derechos de los integrantes, objetivos para los cuales fueron creados, sus alcances y restricciones ante los casos que diligencien y desarrollen en el transcurso de su funcionalidad. Todo en bien de sus beneficiarios los pacientes, que esperan buenos resultados.
  • Resolución 826

    Resolución 826
    Nos habla en cuestión a los medicamentos que forman farmacodependencia, los que han sido monopolio del estado, su importación y exportación, un estricto y riguroso seguimiento con éstos medicamentos en los que se ha formado una idea de abuso irracional tanto en pacientes formulados como los que acuden a la automedicación. Es de notar parte de éstos fármacos han contribuido a los diferentes casos de sobredosis, intoxicaciones y hasta provocar la muerte a pacientes que desconocen su uso adecuado.
  • Decreto 481

    Decreto 481
    Se refiere a los medicamentos vitales que no se encuentran disponibles, al alcance económico o por desabastecimiento por parte de los laboratorios fabricantes., quiere decir todo en pro para salvaguardar la vida del paciente o población que se encuentre afectada por algún brote de virus. También se dictan disposiciones precisas para su realización o fabricación y su consecuente distribución. Contiene indicaciones para su cumplimiento en cuestión de importación, junto a una revisión exhaustiva.
  • Resolución 8172

    Resolución 8172
    Precisa que queda consignado en una acta, una fé de erratas, una modificación en alertas a unas imprecisiones detectadas por el comité e intervenidas por el INVIMA, se adopta corregir los puntos a tratar y dejar por escrito sus nuevas adaptaciones a un futuro sobre presencia de partículas extrañas visibles, defecto mayor y defecto crítico, calificar según las normas Internacionales Vigentes. Todo esto por escrito del ente de Vigilancia y Control de nuestro pais.
  • Resolución 1478

    Resolución 1478
    Se establecen normas, manuales, materias primas, abusos, atención farmacéutica, conocimiento del medicamento, entidad de vigilancia, prevención y previsión por parte de los responsables del servicio farmacéutico y de los mismos pacientes. Formas de presentar todos los requerimientos exigidos por el ente de control y vigilancia, su uso racional, su almacenamiento y cuidado en abastecimiento y licencia para comercializarlos esté vigente.
  • Resolución 2968

    Resolución 2968
    Se establecen requisitos sanitarios para la elaboración de dispositivos médicos, adaptación. Contener en todo el proceso la intervención adecuada, junto a sus materiales utilizados, su colaboración en la ayuda progresiva en el tratamiento del paciente, seguridad y confianza en los dispositivos médicos vigilados por el ente correspondiente en éste caso el INVIMA, ésta resolución también tiene por objeto el promover capacitación para el personal, evaluar y así asegurar una atención adecuada.