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1325
Los Tlacuilos
En la Gran Tenochtitlán existía el Tlacuilo que era un funcionario nombrado por el emperador y que tenía la función de dejar plasmado lo esencial de la historia en representaciones, signos, figuras, pinturas o imágenes. Los Aztecas no tenían alfabeto (Ayil, 2017). -
1492
Rodrigo de Escobedo, escribano
Cristóbal Colón llevaba en su expedición a Rodrigo de Escobedo, escribano del Consulado del mar y tenía la encomienda de asentar cualquier acto o hecho relevante durante el tiempo que durara la expedición (Ayil, 2017). -
1519
Hernán Cortés y Diego de Godoy
El conquistador de la Nueva España Hernán Cortés, de formación escribano, en su incursión al hoy estado de Tabasco, ordena a Diego de Godoy (1519), escribano del rey haga a los indígenas un requerimiento de paz, propuesta que fue rechazada. Los españoles lograron su primera batalla en este nuevo territorio y toma posesión de esas tierras ante la fe del escribano ya referido. Cortés dio gran importancia a la labor de los escribanos en la Conquista para dar legalidad a sus actos (Ornelas) -
1535
Las leyes españolas
Las leyes españolas (El Fuero Real, las Siete Partidas, la Recopilación de Leyes, la Novísima Recopilación y las Leyes de Indias) estuvieron vigentes en el México colonial. Los notarios eran conocidos como escribanos públicos en sus funciones notariales (Castillo, s.f.). -
Las leyes notariales de Benito Juárez y Maximiliano de Habsburgo
Maximiliano de Habsburgo publicó la Ley Orgánica del Notariado y del Oficio de Escribano de 1865 (primer ordenamiento mexicano en la materia). De igual forma, conforme a la Ley Orgánica de Notarios y Actuarios del Distrito Federal, promulgada por el presidente Benito Juárez en 1867, se emitió el Reglamento del Colegio Nacional de Escribanos de 1870 (COLEGIO DE NORATIOS DEL ESTADO DE MÉXICO, s.f.). -
La ley de 1901
El 20 de diciembre de 1901, el presidente Porfirio Díaz promulgó y publicó la Ley del Notariado. Esta ley inicia en el Distrito y territorios federales la regulación de la función notarial de manera sistemática, como función delegada por el Ejecutivo de la Unión Federal (Molina, 2010). -
¿Qué estableció la ley de 1901?
La ley de 1901 estableció:
Notario es el funcionario que tiene fe pública para hacer constar, conforme a las leyes, los actos que según éstas debe ser autorizados por él; que deposite escritas y firmadas en el protocolo las actas notariales de dichos actos, juntamente con los documentos que para su guarda o depósito presenten los interesados, y expide de aquellas y éstos las copias que legalmente puedan darse (Molina, 2010). -
La ley de 1932
La ley de 1932 afirma y moderniza a la que derogó. Mantiene el hecho de que la función notarial es de orden público y sólo puede provenir del Estado. Define al Notario como el funcionario que tiene fe pública para hacer constar los actos y hechos a los que los interesados deban o quieran dar autenticidad conforme a las leyes (IEU Online). -
Manuel Ávila Camacho y su propuesta de ley
A propuesta del presidente Manuel Ávila Camacho, en 1945 se discutió y aprobó en el Congreso de la Unión la Ley del Notariado para el Distrito Federal y Territorios Federales. En esta ley sobresalen dos aspectos importantes, 1) la creación de notarías y 2) el proceso de selección de los titulares. -
La ley del notariado
La ley de 1946 suprimió la designación directa, la potestad de los notarios de delegar su función, y se circunscribió la apertura de nuevas oficinas a las necesidades de la población (López, 2017). En la actualidad se conservan las mismas características de la función notarial establecidas en la Ley de 1945, y se regula mediante la Ley del Notariado que cada entidad federativa tiene (IEU Online).