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Decreto 614 de 1984
Organización y administración gubernamental de la salud ocupacional, prevención de los accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo y la mejora y mantenimiento de las condiciones de trabajo y salud de los trabajadores, proteger al trabajador de los peligros relacionados con el trabajo, eliminar y controlar los agentes nocivos del trabajo. (1) -
Resolución N° 02013
Comité de medicina, higiene y seguridad industrial
Empresas públicas o privadas con nómina mayor a 10 empleados deben organizar este comité. Igual número de representantes del empleador y los trabajadores, cada grupo tiene la libertad de escoger a sus representantes. Mínimo 1 reunión al mes. Algunas funciones son: Proponer la adquisición de medidas y actividades en pro de la salud en el hogar y trabajo, proponer capacitaciones en salud ocupacional y vigilar las medidas del comité. (2) -
Ley 100 de 1993
Sistema de seguridad social integral. Se crea a partir del artículo 48 de la Constitución. Objetivo: Persona y la comunidad gocen de calidad de vida, integración a la comunidad y bienestar individual. Garantizar los derechos de la población. Los principios que contempla son: eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y participación. Contempla: Sistema General de Pensiones, Sistema general de Seguridad Social en Salud y Sistema general de Riesgos Profesionales. (3) -
Decreto 1295 de 1994
Organización y administración del Sistema General de riesgos profesionales, el cual tiene como finalidad proteger a los trabajadores de las consecuencias de las enfermedades y/o los accidentes que pueden ocurrir según su trabajo y los peligros a los que se exponen. Esta dirigido a todas las empresas nacionales, los trabajadores, contratistas, subcontratistas, sectores público y privado. Objetivos: Promoción de la salud y prevención de la enfermedad, mejorar las condiciones de trabajo y salud.(4) -
Modificación de la tabla Clasificación de Actividades Económicas
A partir de que el Consejo Nacional de Riesgos Profesionales hizo la recomendación de modificar la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para la base del Sistema General de Riesgos Profesionales. -
Decreto 1607 de 2002
Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Profesionales, establecida por el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas. Los factores de clasificación son: Clase de riesgo, Código CIU y la Actividad Económica. (5) -
Resolución 2646 de 2008
Factores de riesgo psicosocial: Identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo, identificación y análisis de las causas de las enfermedades producidas por el estrés laboral. Objetivo: Identificación de las responsabilidades de los involucrados en las actividades mencionadas anteriormente. Dentro de la resolución se encuentran los conceptos anexados. (6) -
Ley 1562
Modificación el Sistema de Riesgos Laborales, se busca proteger e intervenir a los trabajadores de las consecuencia de las enfermedades y los accidentes que pueden ocurrir consecuencia del trabajo que desarrollan. (7) -
Decreto 1477 de 2014
Tabla de enfermedades laborales, Artículo 189 de la Constitución Política. Enfermedad laboral: Es adquirida debido a la exposición a factores de riesgo producto del trabajo. Indicadores de la tabla: Agentes de riesgo (prevenir la enfermedad) y Grupos de enfermedades (Diagnóstico médico). (8) -
Decreto 1072 de 2015
Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. Numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política. El Ministerio del Trabajo es la cabeza del sector del Trabajo, sus objetivos son: formulación de políticas,programas y proyectos para el trabajo, los trabajadores, la promoción de actividades que favorezcan un bienestar en el trabajo. (9) -
Resolución 0312 de 2019
Sistema de Gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST. Artículo 25 de la constitución: El trabajo es un DERECHO, en condiciones dignas y justas. Se busca proteger al empleado, con la disposición de los estándares mínimos de SG-SST, prevenir enfermedades y promocionar la salud, atender en caso de patología o accidente y educar a la población de la empresa. (10) -