Codigo civil

HISTORIA DEL CODIGO CIVIL

  • HISTORIA DEL CODIGO CIVIL

    HISTORIA DEL CODIGO CIVIL
    Prusia, Austria y Francia fueron los países donde laboraron los primeros códigos, entre ellos, el Code civil francés (llamado Código de Napoleón o Código Napoleónico)
  • AMERICA

    AMERICA
    El primer código civil dictado en América fue, el de Luisiana de 1804, inspirado en el proyecto de 1800 del Code Civil, conocido como el Projet de l'an VIII; sin embargo, en 1808 aprueba un Digeste de la loi civile.
  • LLEGADA DEL CÓDIGO A EUROPA

    LLEGADA DEL CÓDIGO A EUROPA
    Se promulga siete años después de haber sido aprobado el Código Napoleónico en Francia al igual que en Austria.
  • HAITÍ

    HAITÍ
    En 1825, Haití promulga un Code Civil, que no era más que una copia del napoleónico; mientras Luisiana deroga su Digeste, reemplazándolo por el Code Civil de l'État de la Lousianne, durante el mismo año (1825).
  • MEXICO

    MEXICO
    El estado mexicano de Oaxaca promulga el primer código civil de Hispanoamérica en 1827, copiando el Code Civil. Más tarde, en 1830, el código civil de Bolivia, una copia resumida del francés, es promulgado por Andrés de Santa Cruz. Este último, (el código de Santa Cruz), con escasos cambios fue adoptado por Costa Rica en 1841.
  • CUCUTA

    CUCUTA
    La Constitución de Cúcuta de 1821 mantuvo expresamente la vigencia de la legislación anterior en tanto no se opusiera, directa ni indirectamente, a lo dispuesto por la carta constitucional, ni a las leyes y decretos que expidiera el Congreso. Años después, la ley de Procedimiento Civil sancionada el 13 de Mayo de 1825.
  • LEY SANCIONADA POR LA CONSTITUCION

    LEY SANCIONADA POR LA CONSTITUCION
    El 4 de Mayo de 1843, vigente la Constitución del 20 de abril del mismo año, se sancionó una ley que ordenó al poder ejecutivo publicar el conjunto de todas las leyes y decretos expedidos por la República. La obra, conocida como Recopilación Granadina y publicada en 1845 por Lino de Pombo, sobre un proyecto redactado por Clímaco Calderón, contiene las leyes y los decretos expedidos por el Congreso entre 1821 y 1844.
  • REPÚBLICA DOMINICANA

    REPÚBLICA DOMINICANA
    República Dominicana, en 1845, confiere vigencia al código napoleónico original, es decir, en francés (publicando en 1884 una traducción al español). En 1852, Perú promulgase (a partir de un proyecto de 1847), que no era una simple copia o imitación del francés, sino que presenta un texto más original y basado en el derecho castellano.
  • CHILE

    CHILE
    En Chile promulga su código civil en 1855, una obra original respecto al código francés tanto en el esquema como en su contenido (cercano al derecho castellano antes vigente en dicho territorio) que fue redactada por Andrés Bello (iniciada hacia 1833). Este código fue adoptado íntegramente por Ecuador en 1858; El Salvador en 1859; Venezuela en1862 (sólo durante ese año); Nicaragua en 1867; Código Civil de Uruguay de 1868, Honduras en 1880 (hasta 1899 y, nuevamente, desde 1906); Colombia en 1887.
  • EN COLOMBIA

    EN COLOMBIA
    Con respecto del proceso de codificación civil colombiano, debemos señalar que, vigente la Constitución de 1853, con la creación en 1855 del Estado de Panamá sometido a la soberanía de la Nueva Granada, se dio a éste plena libertad para organizar su legislación civil, penal, comercial, judicial, de policía y las milicias que juzgase indispensables. Las mismas facultades se dieron al Estado de Antioquia erigido en 1856 y al de Santander, el año siguiente.
  • ANCÍZAR

    ANCÍZAR
    Para Marzo de 1857 Ancízar tenía en su poder cuatro ejemplares del código civil chileno y había conseguido la orden de la Cámara de Representantes para que hiciera una edición nacional de la obra a fin de distribuirla a los tres estados creados.
  • CUNDINAMARCA

    CUNDINAMARCA
    En Cundinamarca, los proyectos de diez códigos, incluyendo el código civil a cargo de Miguel Chiari, fueron presentados y aprobados por la Asamblea Constituyente en sus sesiones de 1858. El Código Civil, basado en el chileno con ligeras modificaciones, entró en vigencia el 1° de Enero de 1860.
  • CANADA

    CANADA
    En 1865, la provincia canadiense de Quebec promulga el Code civil du Bas-Canadá (o Civil Code of Lower Canadá). Entre 1860 y 1865 el jurista brasileño Augusto Teixeira de Freitas publicó un proyecto inconcluso de Código Civil conocido como Esbozo de Freitas (Esboço do Código Civil) , que tuvo gran influencia en los códigos civiles dictados en América y Europa a partir de esa fecha.1 Uruguay promulga su código civil en 1868 y Argentina en 1869, obra de Dalmacio Vélez Sársfield.
  • APROVACION

    APROVACION
    Durante la vigencia de la Constitución de 1863 el proceso codificador continuó. En 1863, 1864 y 1866 respectivamente, los estados de Boyacá, de Antioquia y del Magdalena adoptaron, con algunas modificaciones, el Código Civil de Cundinamarca. Cupo a Agustín Núñez redactar el Código Civil para los territorios a cargo del gobierno de la Unión, para lo cual tomó como modelo el vigente en el Estado Soberano de Santander desde 1860, al cual introdujo algunas modificaciones de importancia.
  • DURANTE 38 AÑOS, IMPLEMENTARON EL CÓDIGO CIVIL EN VARIOS PAISES

    DURANTE 38 AÑOS, IMPLEMENTARON EL CÓDIGO CIVIL EN VARIOS PAISES
    En Italia y Portugal se promulgó el código civil en 1865 y 1867, respectivamente. Y entre el 1888-1889, se promulga en España bajo el impulso del jurista Manuel Alonso Martínez; no obstante, el proceso codificador vivió numerosos intentos previos, siendo de especial relieve el proyecto de Código Civil de García Goyena de 1851, el cual fracasó como el resto de iniciativas por la falta de acuerdo de cómo articular el complejo asunto de los Derechos forales dentro del código.
  • ALEMANIA

    ALEMANIA
    En 1900 Alemania decretan el BGB (Bürgerliches Gesetzbuch), obteniendo la ansiada unificación jurídica
  • NICARAGUA

    NICARAGUA
    En 1904 Nicaragua reemplazó su código civil de 1867, adoptando el código argentino. En 1912 Brasil dictó su código civil, con lo que se considera terminado el periodo de las codificaciones en Iberoamérica. Panamá en 1916 decide adoptar un nuevo código civil, en reemplazo del código de 1903.
  • SUIZA

    SUIZA
    En Suiza en 1907 promulga el Zivilgesetzbuch.
  • IMPERIO AUSTRIACO

    IMPERIO AUSTRIACO
    En el Imperio Austriaco del habla alemana fue asumido el código por la República de Austria.
  • BURGENLAN

    BURGENLAN
    también fue aplicado basándose en el Código Civil Francés
  • ITALIA

    ITALIA
    en 1942 se aprueba el nuevo Código Civil italiano, en el que se incorporó el Código de Comercio
  • PORTUGAL

    PORTUGAL
    Portugal hace lo propio en 1966.
  • AUSTRIA

    AUSTRIA
    Durante todo el tiempo de su aplicación en las leyes austríacas, ha estado sujeto a cambios constantemente, por ejemplo, entre 1914 y 1916 tuvo 3 enmiendas parciales y en los años 1970 una reforma del derecho de familia
  • EXPEDICIÓN DEL NUEVO CODIGO

    EXPEDICIÓN DEL NUEVO CODIGO
    En 1979 el Congreso facultó al ejecutivo por el lapso de un año para expedir un nuevo Código Penal, cuyo contenido acentuadamente causalista entró en vigencia en 1980. Por ley 599 de 2000 se expidió la quinta versión del Código Penal, que rige actualmente.
  • ALEMANIA

    ALEMANIA
    En 2002, el BGB (Bürgerliches Gesetzbuch), sufrió una profunda reforma en el Derecho de obligaciones que, es posible, ejercerá una importante influencia en el resto de ordenamientos continentales
  • CATALUÑA

    CATALUÑA
    Desde el año 2002 con la Primera ley del Código civil de Cataluña, diversas leyes del Parlamento de Cataluña han ido aprobando los sucesivos libros del Código civil de Cataluña. Éste ha reemplazado la práctica totalidad de la Compilación del derecho civil de Cataluña, diversas leyes especiales y dos códigos parciales. Sólo queda por aprobar el Libro sexto, relativo a las obligaciones y contratos.
  • SANTANDER

    SANTANDER
    El 1° de Julio del año 1868 entró en vigor el Código Civil de Santander que, con algunas reformas de claro linaje radical, se elaboró, como el anterior, sobre la base del chileno de Bello. Pocos días después, Tomás Cipriano de Mosquera lo adoptó también para el Estado del Cauca, y más adelante hicieron lo propio los estados de Panamá y de Bolívar.