LA EVOLUCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y NORMATIVIDAD LEGAL EN COLOMBIA. REALIZADO POR ANGGIE MARIN
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40,000 BCE
PREHISTORIA
La naturaleza del hombre; es el trabajo que paso de la recolección a actividades agrícolas y pecuarias -
4000 BCE
EDAD ANTIGUA
En esta época hubo hechos representativos en la salud en el trabajo en la sociedades mas antiguas como son: Egipto, Mesopotania, Grecia y roma -
2000 BCE
EGIPTO
Durante esta época las civilizaciones mediterráneas se destacan consideraciones para los guerrero, ensambladores y de fabricantes de armas, los cuales tenia leyes especiales para realizar su trabajo y evitar accidentes.
Mientas que; la agriculturas, la pesca y la ganaderia ocupaban la mayor parte de la población trabajadora pero no tenían ningún trato preferencial.
Existía un servicio de salud publica financiado con impuestos y los médicos recibían su pago del estado. -
1750 BCE
MESOPOTAMIA
Los aspectos de seguridad social se ven en el código de hammurabi, unifico las leyes de los pueblos babilónicos , grabándolos en una piedra para que todos conocieran sus derechos y deberes.
Trato la protección a actividades como la agricultura, el trasporte y la construcción.
Este código fue remplazado por la ley del talión donde se hablo de la prevención de accidentes e indemnización -
1000 BCE
GRECIA
En esta época se divide el trabajo en manual e intelectual surgiendo así el medico, el pintor, el músico y el escultor; existía una consideración especial por los trabajadores como alfareros, carpinteros, zapateros y guerreros, todas eran protegidas por el estado.
Se dio interpretaciones mas concretas de lo que es salud accidente y enfermedad e implementaron medidas de protección -
ANTECEDENTES DE SEGURIDAD SOCIAL
la primera persona que hace referencia sobre seguridad social ; es el Libertador Simón Bolívar, cuando realizo un discurso en congreso de angostura el 15 de febrero de 1819 señalo " El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política". -
RAFAEL URIBE URIBE
fue la persona quien hablo en Colombia de la seguridad en el trabajo durante una conferencia en Bogotá en el año 1904 -
INDEMNIZACIÓN
General Uribe Uribe pidió que se indemnizarán lostrabajadores por Accidentes Laborales. -
Ley 57 de 1915.
Rafael Uribe Uribe Propuso un proyecto de Ley sobre Accidentes de Trabajo el cual fue aprobado en el Congreso y vino a ser la Ley 57 de 1915.
Fue aprobada: La obligación de que toda Empresa debía pagar indemnización a sus trabajadores en caso de incapacidad o muerte y asumir los gastos funerarios. -
JOSE ANTONIO MONTALVO
se presenta el ministerio Jose Antonio Montalvo, el proyecto de ley tendente a implementar los seguros sociales en Colombia. -
OFICINA MEDICINA LABORAL
se crea la oficina de medicina laboral a nivel nacional con sede en Bogotá, esta oficina organiza dependencias en las principales ciudades de formando una red la cual fe denominada: oficina nacional de medicina e higiene industrial; quedando incorporada al ministerio de trabajo -
LEGISLACIÓN LABORAL
se establece la legislación laboral, donde se establecen los riesgos del trabajo -
LICENCIA DE MATERNIDAD
Mediante la ley 53 de 1938 se otorga protección a la mujer embarazada dándole derecho a ocho semanas de licencia remunerada en la época del parto -
LEY 90 DE 1946
Se crea el instituto colombiana de seguro sociales, entidad de gran importancia en la seguridad social colombiana. funciono bajo cuatro negocios de la salud: entidad promotora (EPS) junto una red de clínicas; es decir; instituto prestador de salud, así mismo con censatias y pensiones y la administradora de riesgos profesionales. -
CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
se expide el Código Sustantivo del Trabajo, en el cual se establecen múltiples normas relativas a la Salud Ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y seguridad en el trabajo, en su mayoría aplicables hoy en día. -
REGLAMENTA EL RIGEMEN LABORAL
reglamentaron el régimen laboral y prestacional de los empleados públicos.Industrial.RÉGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL - Características del que cobija a
servidores públicos. Reseña histórica / EMPLEADOS PÚBLICOS - Régimen
salarial y prestacional. Reseña histórica / RÉGIMEN PRESTACIONAL -
Competencia para fijarlo a los empleados públicos / ENTIDAD
DESCENTRALIZADA - Competencia para fijar régimen salarial. Limites/
RÉGIMEN SALARIAL EN EL DISTRITO CAPITAL - Regulación legal. -
SALUD OCUPACIONAL
nace el término “salud ocupacional” y se dictan las medidas sanitarias en las empresas. -
COMITE DE SALUD OCUPACIONAL
mediante el Decreto 586 se crea el Comité Nacional deSalud Ocupacional ,Como producto de la iniciativa y participación del Comité Nacionalde Salud Ocupacional se expide el Decreto 614 de 1984, el cualestablece las bases para la administración de la salud ocupacional en el país y su artículo 35 crea la obligación legal de diseñary poner en marcha un Plan Nacional de Salud Ocupacional -
PRIMER PLAN NACIONAL DE SALUD DE SALUD OCUPACIONAL
Se elabora el Primer Plan Nacional de Salud Ocupacional el cual tuvo como objeto orientar las acciones y programas de las instituciones y entidades públicas y privadas, así como el aumento de la productividad
y el establecimiento de un plan para evitar la colisión de competencias.
DECRETO 614 1984 (marzo 14)
Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de la salud ocupacional en el país. -
RESOLUCIÓN 2013
Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo.
Los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud en ejercicio de la facultad que les confiere el artículo 25 del Decreto 614 de 1984, -
RESOLUCIÓN 1016
Resolución 1016 de Marzo 31 de 1989
Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país. -
DIRECTIVA DEL CONSEJO
DIRECTIVA DEL CONSEJO de 29 de mayo de 1990 referente a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización (quinta Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE (90/270/CEE) HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIV -
DECRETO 1295
Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de
Riesgos Profesionales. -
RESOLUCIÓN NUMERO 2318
RESOLUCION NUMERO 2318 DE 1996, (Julio 15)
Por la cual se delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional para Personas naturales y jurídicas, su Vigilancia y Control por las Direcciones Seccionales y Locales de Salud y se adopta el Manual de Procedimientos Técnico Administrativos para la expedición de estas Licencias. -
LEY 776
Por la cual se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales. -
CIRCULAR UNIFICADA
La Dirección General de Riesgos Profesionales en uso de sus facultades legales y dentro del ámbito de su competencia, bajo los principios de eficiencia, integralidad y unidad; reúne en una sola las diferentes circulares dadas por este despacho durante el desarrollo del Sistema General de Riesgos Profesionales, -
RESOLUCIÓN NÚMERO 2346
RESOLUCION NÚMERO 2346 (11 julo 2007) “Por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales”. -
RESOLUTIVA DE LA MULTA
Resolución número 1401 Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo. -
DECRETO 2566
Ministerio de protección social, por la cual adopta la tabla de enfermedades profesionales -
LEY 1562
congreso de la republica de colombia y firmada por el vicentenario general del ministerio de hacienda y creditoo publico, realizan modificacion al sistema de riesgos laborales y dictan otras dispodiciones en salud ocupacional -
RESOLUCION 1409
emitida por el ministerio de trabajo, por la cual se establece el reglamento de seguridad para protección contra ciadas en las alturas (1.5 metros a nivel del piso) -
DECRETO 1477
Según decreto 1477 del 5 de agosto de 2014 establece los factores de riesgos o agentes a tener en cuenta para la prevención de enfermedades laborales. -
DECRETO 1443
busca la implementación del sistema de gestión de la seguridad social y salud en el trabajo, que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión.